No podemos negar que el aislamiento sanitario generado por la pandemia por Covid-19 aceleró el crecimiento de lo online, ya que gran parte de nuestra vida se trasladó al espacio digital. De hecho, el trabajo remoto creció de manera exponencial a partir de ese momento.
La violencia a través de medios digitales, si bien existe hace mucho tiempo, con los avances mencionados comenzó a cobrar mucha más relevancia, y algunas agresiones que se daban en el plano analógico, se trasladaron al plano digital.
Desde Grow- Género y trabajo acompañamos a las organizaciones en la prevención y en el abordaje de la violencia, y comenzamos a notar que, en las organizaciones, cada vez son más frecuentes las situaciones que se producen a través de medios digitales.
¿Qué es la violencia digital?
Cuando hablamos de violencia digital hacemos referencia a aquella que se ejerce a través de las TICS (Tecnologías de la información y comunicación).
Las mismas, incluyen whatsapp, mail, zoom, redes sociales, entre otras, y presenta algunas características particulares. Por un lado, la inmediatez y la expansibilidad, ya que lo que es subido o enviado a través de internet puede llegar con un solo clic de forma inmediata a muchas personas sin límite geográfico.
Y, por otro lado, la permanencia en el tiempo, ya que por más que el contenido se elimine queda de alguna forma, ya sea porque alguien lo capturó, lo reenvió, descargó, etc. Estas características, generan que el impacto sea aún mayor.
Normativas vigentes
La violencia a través de medios digitales está reconocida en nuestro país por dos legislaciones. Por un lado, el Convenio sobre la eliminación de la violencia y el acoso N° 190 de la OIT (2019), que incluye la violencia que ocurre en relación con el trabajo o como resultado de él, en el marco de las comunicaciones que se vinculen con el mismo, incluidas las realizadas por medio de las TICS.
Por otro lado, contamos con la Ley Olimpia, sancionada en octubre del 2023, que incluye a la violencia digital como una modalidad de la violencia de género dentro de la ley 26.485 de protección integral a las mujeres.
Datos
Si bien los datos no abundan, una investigación llevada a cabo por Grow-género y trabajo junto al proyecto regional FESminismos de la Fundación Friedrich Ebert en el 2022, permitió observar que en Argentina respecto de los espacios en los que se suelen ejercer las violencias, se registran, en segundo lugar, las violencias en el marco de las comunicaciones relacionadas con el trabajo (24%). Se mencionan los medios digitales (chats, WhatsApp, redes sociales), que se ubican en el tercer lugar más reportado.
De acuerdo a las experiencias que se plantearon en asesorías y talleres sobre violencia laboral con organizaciones, se observó que casi la mitad de las situaciones consultadas incluyen la violencia a través de medios digitales como imágenes o videos no consentidos; difusión de contenidos personales o privados; mensajes de maltrato o discriminatorios a través de whatsapp, mails, entre otras.
Desde Grow- género y trabajo, sostenemos que para lograr una transformación y generar espacios libres de violencia, es necesario visibilizar lo que sucede y poder trabajar en la prevención de la misma, entendiendo que las características son dinámicas. Y, sobre todo, es muy importante comprender los impactos que tiene, para tomar en cuenta la magnitud de las consecuencias en las personas y en las organizaciones, porque muchas veces, al estar ocultas, silenciadas y hasta naturalizadas, no se ven.