El juez en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad de Buenos Aires Ernesto Scheibler hizo lugar a un amparo y prohibió labrar multas de tránsito a los agentes que no están en relación de dependencia con la Ciudad.
El fallo se produce ante la medida cautelar que presentó un particular y que solicitó que «se condene al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires a dejar sin efecto la intervención de cuentapropistas monotributistas contratados para el ejercicio de funciones reservadas a los funcionarios Agentes de Control de Tránsito y Transporte».
El juez resolvió “admitir parcialmente la medida cautelar solicitada y, en consecuencia, ordenar a la demandada (la Ciudad de Buenos Aires) que —hasta tanto se dicte sentencia definitiva— adopte las medidas necesarias a fin de que las actas de infracciones y contravenciones sean labradas exclusivamente por personal que reúna el requisito constitucional y legal de estabilidad en el cargo”.
Entre los argumentos, Scheibler explicó que “la ley faculta a los agentes del Cuerpo de Tránsito y Transporte para realizar múltiples funciones y concretamente la de labrar actas de infracciones y contravenciones”, pero aclara que “quienes desempeñan tales funciones deben encontrarse en una situación jurídica y en condiciones de servicio que los independicen de cualquier influencia exterior indebida”.
La precarización laboral de los agentes de tránsito se visibilizó a partir de la muerte Cinthia Choque atropellada junto a otro trabajador por el periodista Eugenio Veppo al intentar esquivar un control de tránsito.
Ambos agentes, al igual que la mayoría de sus compañeros, no tienen relación de dependencia con la Ciudad y son monotributistas con sueldos por debajo de los 25 mil pesos.
El juez aceptó de manera parcial el pedido ya que rechazó el reclamo para que todas las multas labradas por agentes precarizados fueran declaradas nulas y se devolviera el dinero.