La Asociación Bancaria pidió hoy a la Justicia que declare inconstitucional cuatro artículos de la ley 27.426 de reforma previsional que fue aprobada en el Congreso Nacional en medio de una feroz represión por parte de las fuerzas de seguridad nacional y de la Ciudad de Buenos Aires el pasado 19 de diciembre y que dispuso cambios en la fórmula de cálculo de haberes de los jubilados. Además solicitó una medida cautelar para que no se aplique la norma a sus afiliados mientras se resuelve la cuestión de fondo.
En el recurso de amparo, el gremio conducido por Sergio Palazzo, pide que se declare la inconstitucionalidad de los artículos 1°, 2°, 3° y 5° de la norma para que no se aplique al universo de trabajadores comprendidos dentro del ámbito de representación de la Asociación Bancaria a quienes deberá continuar aplicando las disposiciones de la Ley N° 26.417 en su texto vigente al 27 de diciembre de 2017, según explicita la presentación.
La presentación sostiene que la nueva ley transgrede los artículos 14, 14 bis, 16, 17, 43 y 75, incisos 22) y 23) de la Constitución Nacional, Declaración Universal de Derechos Humanos, la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre y la Convención Americana Sobre Derechos Humanos Pacto de San José de Costa Rica, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de Naciones Unidas y la Convención sobre los Derechos del Niño y por eso demanda a la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).
Por último, los abogados de La Bancaria pidieron una medida cautelar para que se suspenda la norma impugnada mientras se resuelve la cuestión de fondo en tanto su aplicación genera graves e irreparables daños a los representados. Remarcan que ese daño es producido por una baja en los haberes ya que con la ley anterior los jubilados deberían percibir, en marzo, una suba del 14,7% y con la ley aprobada en diciembre esa suba se reducirá a un 5,7%. Y aclaran que el bono compensatorio de 750 pesos dispuesto por el gobierno nacional para quienes perciben menos de 10 mil pesos tampoco compensa esa brecha salarial ya que, en el caso de los jubilados bancarios, sus haberes superan esa cifra. De ello se desprende un perjuicio, medido en términos de porcentaje de actualización, del 8,9% para todos los beneficiarios; que no es compensado con el dictado del Decreto 1058/2017 del que los jubilados bancarios en atención a que sus haberes superan los $ 10.000 a marzo de 2018, se encuentran excluidos, concluye.