El pasado 26 de diciembre, la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal confirmó la sentencia de primera instancia, así como la decisión de la Agencia de Acceso a la Información Pública que ordenaba al Estado a hacer pública toda la información relativa a la suspensión de la vacuna antimeningocócica a los 11 años de edad.
El caso debió ser judicializado por la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ), producto de la resistencia de la entonces Secretaría de Salud de la Nación a dar respuesta a los requerimientos de información oportunamente formulados por la Asociación en relación a la suspensión de la vacuna en agosto de 2018. El juzgado federal número 2 de La Plata ya había determinado que la Secretaría había incurrido en un comportamiento ilegal al suspender la entrega de la dosis mediante un comunicado de prensa.
Las decisiones relativas a cambios en la población que se propuso vacunar, así como las demoras en la entrega de las dosis correspondientes que tuvieron lugar en los últimos años son circunstancias relevantes de la política general de inmunización de la población, sobre las que la ciudadanía tiene derecho a conocer sus alcances y motivos, dado que pueden implicar restricciones en el derecho a la salud, impactando en muchos casos en los grupos más vulnerables.
“Las políticas de austeridad nunca deben evadir las explicaciones e informaciones públicas que sustentan decisiones que pueden implicar retrocesos en la garantía de derechos. En ese contexto, es necesario que el Estado Nacional informe acabadamente a la sociedad respecto de la situación de la política de inmunización, cumpliendo las decisiones judiciales y, en particular, las de la Agencia de Acceso a la Información pública creada por la ley 27.275”, comunicó ACIJ.