La titular del juzgado N° 20 en lo Contencioso, Administrativo y Tributario de la Ciudad de Buenos Aires, Cecilia Mólica Lourido, hizo lugar a una medida cautelar solicitada por un paciente oncológico y ordenó a la Obra Social de la Ciudad de Buenos Aires que proceda a brindar la cobertura del 100% del tratamiento que le fue indicado.
La justicia porteña concedió una medida cautelar que ordena a la Obra Social de la Ciudad de Buenos Aires brindar la cobertura del 100% del tratamiento indicado a un afiliado, de 86 años, en el Instituto Oncológico «Ángel H. Roffo».
La resolución a favor del damnificado se enmarca en una acción de amparo impulsada por el paciente en la que se señala que la ObSBA se negó a brindar la medicación oncológica recetada, ofreciendo uno alternativo que debido al diagnóstico del demandante, no era el más eficaz sobre la patología según la consideración del médico que lleva adelante el tratamiento.
La magistrada alertó acerca del «peligro en la demora» que aseguró «se manifiesta en razón del delicado cuadro de salud descripto por la profesional tratante y de la edad avanzada del actor».
La medida cautelar que dictó la jueza Mólica Lourido, mas allá de ordenar a la ObSBA tomar a su cargo el costo del tratamiento en el Instituto de Oncología Ángel H. Roffo, a pesar de que se habría puesto a disposición el Sanatorio Dr. Julio Méndez’, además preserva la relación médico-paciente, a la vez que advierte no parece irrogar gastos mucho más elevados para la demandada que los que tendría si el actor acudiera a los centros que ella habría propuesto. Es la droga lo que hace costoso el tratamiento y la demandada debería afrontarlo de todos modos en las instituciones propias.