El Gobierno publicó su anunciado Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) para modificar el índice de movilidad jubilatoria. A pesar de lo que había sido informado por el Poder Ejecutivo, los jubilados cobrarán su haber con la nueva fórmula, que estará atada al Índice de Precios al Consumidor del Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC), recién en los haberes de julio. La «Oficina del Presidente» había anunciado en un comunicado que los jubilados cobrarían el nuevo índice sujeto a la inflación desde abril.
Los cambios quedaron oficializados a través del DNU 274/2024, que fue publicado este lunes en el Boletín Oficial. En su texto se argumenta que “con el objeto de dar respuesta de forma rápida y eficaz a la acuciante realidad que enfrentan los adultos mayores de la República Argentina, el Estado Nacional ha tomado la determinación de modificar la actual fórmula de movilidad a fin de garantizar que nunca más los haberes de los jubilados perderán contra la inflación”
Cómo funciona la nueva fórmula de movilidad jubilatoria
A partir de abril comenzarán a regir los adelantos que serán “a cuenta” de los futuros aumentos. Esto significa que las subas que recibirán los jubilados serán restadas posteriormente de la suba de junio. «Se descontarán los puntos porcentuales de los incrementos acumulados que la persona beneficiaria hubiera percibido», explicita la nueva norma.
Por su parte, en abril se cobrará el ya anunciado 12,5% de “incremento extraordinario”, junto a un adelanto de la movilidad correspondiente a junio. Mientras que en mayo habrá otro adelanto de la movilidad correspondiente a junio. Por último, para junio el decreto establece que se aplique la vieja fórmula de movilidad trimestral, sin aumentos extra, y con el descuento de las subas a cuenta.
El Ejecutivo consideró que “es necesario establecer una nueva pauta de movilidad basada en la actualización mensual de los haberes de acuerdo con las variaciones del Nivel General del Índice de Precios al Consumidor”. Para esto se tomará para cada mes el último índice de inflación del INDEC conocido, que corresponde «al mes previo al mes anterior al del pago de la movilidad».
Por ejemplo, el anexo del decreto indica que «en julio de 2024 se abonará la variación del Índice de Precios al Consumidor correspondiente a mayo de 2024. En agosto se abonará la variación correspondiente a junio, y así sucesivamente».