La Cámara Federal de Casación ratificó la reapertura de la causa por la desaparición y posterior muerte de Santiago Maldonado. El máximo tribunal penal rechazó la apelación presentada por cuatro gendarmes acusados por la secuencia que derivó en la muerte de Maldonado, quien desapareció el 1 de agosto de 2017 durante una manifestación de comunidades mapuches en la provincia de Chubut.
El fallo, firmado por los jueces Gustavo Hornos, Javier Carbajo y Mariano Borinsky, confirmó la reapertura, por tercera vez, de la investigación dispuesta en mayo pasado por la Cámara Federal de Comodoro Rivadavia. Aquella resolución revocó los sobreseimientos a favor de los gendarmes Emmanuel Echazú, Juan Pablo María Escola, Víctor Vaquila Ocampo y Marcelo Iván Ferreyra y, además, apartó al juez Gustavo Lleral, quien en dos oportunidades y con argumentos calcados los había exculpado y cerrado la ¿investigación?
“No se trata de una sentencia definitiva o equiparable a tal, ni de un auto que ponga fin a la acción, a la pena o haga imposible que continúen las actuaciones, o de aquellos que deniegan la extinción, conmutación o suspensión de la pena”, dijeron los jueces de la Casación. La apelación, en ese contexto, “no ha demostrado, ni se advierte que la decisión que impugna implique un perjuicio de tardía o imposible reparación ulterior o que implique el debate de alguna cuestión federal, debidamente fundada, a los efectos de equipararlo a un pronunciamiento de carácter definitivo”.
En agosto de 2023, el juez Lleral dijo por segunda vez que Santiago Maldonado se ahogó sin que en ello hubieran intervenido efectivos de la Gendarmería Nacional. “Ha quedado de plano descartada la sospecha de que los funcionarios de la Gendarmería Nacional Argentina hayan participado de la desaparición y fallecimiento de Santiago Andrés Maldonado”.
Aquel fallo concluyó que Santiago Maldonado “murió ahogado, sin que nadie pudiera advertirlo, sin que nadie pudiera socorrerlo. (…) De la prueba colectada y analizada meticulosamente en su totalidad, siguiendo las reglas que la teoría del delito establece, no pudo determinarse ninguna conducta humana típica ni antijurídica que pueda ser atribuible a un integrante de la Gendarmería Nacional”.
Así, el fallo abonó la teoría según la cual Maldonado, quien no sabía nadar, se arrojó a cruzar un río gélido de la Patagonia en pleno invierno porque tenía calor, no porque a sus espaldas venía una horda de gendarmes armados persiguiéndolo, pese a que ya habían cometido su objetivo de despejar la ruta en la que se había realizado la protesta.
En mayo pasado, la Cámara Federal de Comodoro Rivadavia revocó los sobreseimientos, apartó a Lleral y designó como nuevo juez de la causa a Federico Calvete, quien es titular del juzgado federal de Ushuaia.
La Cámara de Comodoro Rivadavia ordenó, además, la producción de las pruebas pendientes que habían pedido las querellas, entre ellas la de Sergio Maldonado, hermano de la víctima.
Aquel fallo, no obstante, insistió en que no hubo desaparición forzada de Maldonado. Esa hipótesis “ya había quedado desprovista de todo respaldo puesto que encontraba, como principal sustento, un testimonio que no había podido ser refrendado por medio alguno”. Sin embargo, los camaristas destacaron que “ello no autorizaba a dar por concluida la causa, puesto que existían otros interrogantes que restaba despejar antes de poder afirmar -como proponía el magistrado de la anterior instancia- que el deceso de Santiago Maldonado no podría haber sido el fruto de otras maniobras eventualmente aptas para merecer reproche penal”.