La semana pasada se dio a conocer el proyecto de Ley Ómnibus cuyo título es Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos. Allí plantea una serie de modificaciones que atentan contra los derechos de mujeres y diversidades.
Tal es el caso de los cambios que se buscan instaurar a partir de la Ley 27.611, de Atención y Cuidado Integral de la Salud durante el Embarazo y la Primera Infancia. Conocida como la ley de los 1000 Días fue votada junto a la Ley 27610 de Interrupción Voluntaria del Embarazo.
“Para pensar una reforma a tres años de esta ley, es importante destacar que fue debatida por todo el Congreso y tuvo unanimidad de ambas cámaras”, dice a Tiempo Argentino, la abogada Elizabeth Gómez Alcorta, primera ministra de las Mujeres, Géneros y Diversidad, uno de los organismos que formó parte de la Unidad Coordinadora para la aplicación de ambas leyes.
Tiempo Argentino, dialogó con la exministra sobre estos cambios que propone el gobierno de Javier Milei.
-Las modificaciones planteadas en la -La Ley 27611 plantea varios cambios, pero se destaca la eliminación de “persona gestante”, del uso de “niñas” y de la incorporación de “niño por nacer”, por qué te parece que buscan estas modificaciones
-El proyecto de Ley Ómnibus propone modificar la Ley 27611 -conocida como 1000 Días- no solamente en algunas cuestiones terminológicas, que para nada serían menores porque modifica quiénes son los sujetos de derechos de esta ley, sino también modifica cuál es su objeto.
El objeto que tenía la norma era reducir la mortalidad, la malnutrición, la desnutrición, proteger los vínculos tempranos, el desarrollo físico y emocional, pensándolo de una manera integral. Y también prevenir la violencia. Por eso no es casual que se elimine la prevención de la violencia. Cuando vamos a la incorporación de un texto que no estaba en la norma antes de este proyecto, entiende que tiene una función muy clara la política pública, que es el acompañamiento familiar, pero en ese acompañamiento familiar pone como eje central buscar activamente y detectar embarazadas en situación de vulnerabilidad. El Estado pasa a tener un rol de búsqueda activa, incluso ordena la posibilidad de realizar operativos públicos rutinarios, es decir, operativos públicos cotidianamente.
Y pone en cabeza de los gobiernos locales realizar la totalidad de los controles y las ecografías. Algo que debe estar en cabeza de la persona porque son sujetos de derecho. Se trata de un giro fundamental, tan fundamental que uno puede pensar que en las bases de reconstrucción de un proyecto de Estado como el que están planteando entienden que esta norma tiene un lugar muy Importante.
A su vez, como sujeto elimina a las personas gestantes, es decir, persones con otras identidades de género. Pero en el caso de la mujer, saca ese sustantivo y las coloca en el lugar de madres. Es decir, le atribuye un único destino, un destino supuestamente biológico para las mujeres.
La eliminación de la idea de que pueden ser niños, niñas y solamente hablar del niño habla de un posicionamiento ideológico que me parece que es absolutamente claro y tan fundamental para un proyecto político como el que tiene Milei, que está entre las normas de primer orden a modificar.
-¿Cómo interfiere esto en su aplicación?
-Hay otra cosa que es muy grave, que es además que sacan el objeto porque se trata de una ley que está en función del cumplimiento de compromisos internacionales, desregulariza la financiación y el contralor que tiene ser compartido. En cambio, pone en cabeza de las provincias y de los municipios el cumplimiento de la ley, que en realidad va a ser pura y exclusivamente el cumplimiento de unos protocolos la autoridad de aplicación llevará adelante.
En ese sentido, lo que buscan es reformatear una sociedad, ver cuál es el lugar que tienen las mujeres en esa sociedad, ver cuál es el lugar que tiene el Estado, que es de controlar, de buscar activamente a mujeres y detectar que puedan estar cursando un embarazo y que sean vulnerables. Y la pregunta es ¿para qué? Ese detectar tiene que ver con otra sociedad distinta a la que tenemos hoy.
-Esa ley se votó luego de la 27610, ¿recordás qué debates abrió en el Parlamento?
-La Ley 27611 se votó junto con la Ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo el 30 de diciembre de 2020. No solamente se votó, sino que son dos leyes que fueron pensadas juntas, que fueron presentadas y enviadas por el Ejecutivo de manera conjunta, y se trataron en ambas cámaras de manera conjunta.
La lógica de este envío tenía que ver con que el Estado, acompaña a las mujeres y personas gestantes en sus decisiones, y lo que buscamos es tengan el mayor ámbito de autonomía, sea en continuar un embarazo o no continuarlo. El Estado no puede permitir que una mujer deba recurrir a interrumpir un embarazo por encontrarse en una situación de vulnerabilidad.
Hay un batallón de políticas públicas que están en la Ley de los 1000 Días, que es el Estado te va a acompañar del mismo modo que te va a acompañar si tu decisión es interrumpir el embarazo. Te va a acompañar haciéndolo gratuitamente, haciéndolo legalmente, haciéndolo en cualquier hospital o en cualquier obra social. Ése fue el debate en su momento, y para pensar una reforma a tres años hay que resaltar que la Ley de los 1000 Días tuvo unanimidad en ambas Cámaras.
-El espacio de La Libertad Avanza durante la campaña electoral habló de derogar el aborto y llevarlo a plebiscito, ¿qué posibilidades hay de que esto se concrete?
-Sobre la posibilidad de plebiscitar la derogación de la ley de aborto, hay varias cuestiones. Primero que los derechos no se plebiscitan y eso es una regla constitucional. Segundo, que por los tratados internacionales existe la prohibición de regresividad, y eso implica que el Estado, una vez que se reconoce y garantiza un derecho, no tiene posibilidad de dar marcha atrás con ese derecho.
Por otro lado, si bien la Constitución Nacional establece la posibilidad de un plebiscito o de la consulta popular en caso que el Poder Ejecutivo lo decida, hay que saber que, para el presidente de la Nación, cuando llama a consulta popular ésta nunca es vinculante. Solamente leyendo el artículo 40 de la Constitución uno puede leer que podrá llamar para saber qué es lo que piensa la mayoría de la población, pero centralmente no tiene esa facultad.
-¿Qué peso tienen los tratados y compromisos internacionales de la Argentina en el caso de un posible intento de derogación?
–Más allá del peso que pueden tener los tratados o los compromisos internacionales, más allá de que más temprano que tarde va a llegar alguna de las causas que se encuentran abiertas solicitando la inconstitucionalidad en la Corte Suprema a tratarlo, entonces vamos a tener allí un fallo. Lo cierto es que lo que está claro es que las millones y millones de mujeres centralmente, pero de personas que hemos estado en la calle reclamando por el acceso a este derecho, de ningún modo vamos a permitir que, a tres años de haberlo conseguido, nos lo arrebate una persona que se considera un dictador, y que cree que tiene algún derecho para refundar nuestro Estado.
Desde que se sancionó la ley hasta octubre de 2023, 245.015 personas accedieron a interrupciones seguras y legales en instituciones públicas de salud. Además, desde que se aprobó la ley hasta junio de 2023 la línea de atención telefónica gratuita 0800-222-3444 sobre salud sexual atendió 40.563 consultas, 92% de las cuales fueron sobre aborto. A su vez, la ley de 1000 días llevó a que la Argentina tuviera la tasa más baja de mortalidad infantil por primera vez en la historia.