El ministerio de Seguridad de la Nación que conduce Patricia Bullrich dio luz verde a las fuerzas federales para realizar ciberpatrullaje” en internet, incluso en las redes sociales. Así se desprende de la resolución 428 publicada este martes en el Boletín Oficial. Se supone que la iniciativa viene suplir una especie de vacío legal, ya que esta normativa había sido aplicada por la propia funcionaria en el gobierno de Mauricio Macri, pero luego fue derogada por la gestión de Alberto Fernández.

La idea sería pronunciar la inteligencia criminal y prevenir posibles delitos, tras detectarlos. El Artículo 1 es claro: “Las Fuerzas Policiales y de Seguridad Federales deberán adecuar su conducta a las siguientes pautas, principios, criterios, recomendaciones y directivas para las labores preventivas de los delitos que se desarrollan en ambientes cibernéticos”. 

“Dichas tareas preventivas se llevarán a cabo únicamente mediante el uso de sitios web de acceso público y fuentes digitales abiertas entendiéndose estas como los medios y plataformas de información y comunicación digital de carácter público, no sensible y sin clasificación de seguridad, cuyo acceso no implica una transgresión al derecho a la intimidad de las personas, conforme lo normado en la Ley de Protección de Datos Personales N° 25.326 y sus normas reglamentarias”, se aclara.

En el Artículo 2 se contemplan los tipos de delitos en los cuales las fuerzas federales deberían intervenir. Son muy amplios: van desde la Ley de Drogas, hasta amenazas, intimidación, coacción, tráfico de armas, compra y venta de productos robados, hackeos o contrabando. Además, se perseguirán los posibles acosos o violencia por motivos de género, extorsiones, trata de personas o lavado de dinero.

En el Artículo 3 se puntualiza, entre otras cuestiones que “las Fuerzas Policiales y de Seguridad Federales no podrán acumular información recabada con motivo de las investigaciones previas realizadas y, una vez concluida la actividad preventiva o decidida la no judicialización, deberá destruirse el material y datos obtenidos”. Del mismo modo, se advierte que “el ciberpatrullaje no podrá interferir con la libertad de expresión constitucionalmente garantizada”.

Además, todos los meses las fuerzas de seguridad deberán hacer un balance de su actividad, informando las denuncias que haya presentado.