El gobierno nacional oficializó a través de un decreto la reducción a la mitad del espacio que disponen los partidos para publicar spots en radio y TV para las elecciones primarias PASO del 11 de agosto, y para las generales del 27 de octubre.
El texto, que lleva la firma del presidente Mauricio Macri, indica que los servicios de comunicación audiovisual y señales “deberán ceder gratuitamente el cinco por ciento de 12 horas de programación para la difusión de mensajes de campaña electoral en servicios de comunicación audiovisual para las elecciones primarias, abiertas, simultáneas y obligatorias y las elecciones nacionales.”
Antes, la norma indicaba que el porcentaje era del 10 por ciento, con lo cual se redujo a la mitad. Por lo tanto, el tiempo de publicidad gratuita diario pasará de 72 a 36 minutos.
El decreto señala que el objetivo es adecuar la norma a la ley de Financiamiento de los partidos Políticos, aprobada este año.
Allí se establece, además, que los espacios se distribuirá la mitad para todas las agrupaciones que presenten precandidatos y la otra mitad en forma proporcional a la cantidad de votos obtenidos en la elección general anterior para la categoría diputados nacionales.
La distribución de los espacios será de la siguiente manera:
Elecciones presidenciales:
a) Para la campaña de Presidente y Vicepresidente de la Nación, el 50%.
b) Para la campaña de Senadores Nacionales, el 25%.
c) Para la campaña de Diputados Nacionales, el 25%.
En aquellos distritos en que no se elija la categoría de Senadores Nacionales, los espacios que le corresponderían se adicionarán en partes iguales.
Elecciones legislativas:
a) Para la campaña de Senadores Nacionales, el 50%.
b) Para la campaña de Diputados Nacionales, el 50%.
En las provincias en las que también haya elecciones a gobernador y legisladores locales, las proporciones de distribución serán las siguientes:
Elecciones presidenciales
a) Para la campaña de Presidente y Vicepresidente de la Nación, el 40%.
b) Para la campaña de Senadores Nacionales, el 15%.
c) Para la campaña de Diputados Nacionales, el 15%.
d) Para la campaña de Gobernador y Vicegobernador, el 20%.
e) Para la campaña de Legisladores Provinciales, el 10%.
Elecciones legislativas:
a) Para la campaña de Senadores Nacionales, el 40%.
b) Para la campaña de Diputados Nacionales, el 40%.
c) Para la campaña de Legisladores Provinciales, el 20%.
El decreto 429 determina además que “en el caso de elecciones presidenciales, los servicios de comunicación audiovisual de alcance nacional y las señales de alcance nacional sólo emitirán publicidad para las categorías de Presidente y Vicepresidente de la Nación”.
También regula que en “el caso de elecciones legislativas, la totalidad del tiempo cedido por los servicios de comunicación audiovisual de alcance nacional y las señales nacionales, se dividirá, en primer lugar, entre todos los distritos en proporción al padrón electoral, asignando luego el tiempo resultante a cada distrito para las categorías de diputados nacionales y, eventualmente, senadores nacionales”.
Por último, oficializa que los candidatos presidenciales que no participen de los debates presidenciales obligatorios no tendrán los espacios de publicidad asignados, que serán distribuidos entre el resto de los candidatos.