En un fallo que dejó un sabor amargo, el Tribunal Oral Federal 2 de Córdoba condenó este jueves a 5 expolicías del D2 y decidió absolver a los dos civiles que se encontraban imputadas como partícipes de la apropiación de la nieta 107.
El debate abarcó varios expedientes. Por un lado, el secuestro, tormentos y homicidio de Juan Carlos Bazán, empleado del Banco Social de la Provincia de Córdoba y militante del PRT-ERP, y su primo Elías Humberto Ríos, en agosto de 1979.
Por esos delitos, los jueces Julián Falcucci, Fabián Asis y Noel Costa condenaron a prisión perpetua a Carlos Alfredo Yanicelli, Yamil Jabour y Juan Eduardo Ramón Molina, ex integrantes del Departamento de Inteligencia (D2) de la Policía de Córdoba. Raúl Alejandro Contrera, miembro de esa patota, recibió 7 años de prisión como participe secundario de los tormentos.
Otro de los ejes fue el secuestro y los tormentos sufridos por 5 mujeres en 1978. Las víctimas fueron Teresa Luisa Peralta, Marta Nélida Funes, Delfina Lidia Peñaloza, María Lidia Piotti y María de las Mercedes Moreno, quien se encontraba embarazada.
Peralta, Funes, Peñaloza y Moreno tenían familiares detenidos por delitos comunes en la Unidad Penitenciaria Nº 1 y las familias de los presos políticos, como fue el caso de Piotti, cuyo compañero estaba en esa cárcel, les pagaban para llevar y traer mensajes a la cárcel. Cuando la maniobra fue descubierta, todas fueron llevadas al centro clandestino de detención que funcionaba en el D2.
La expolicía Mirta Graciela Antón, integrante del D2, fue condenada a 15 años de cárcel como coautora de esos secuestros y de los tormentos que sufrieron durante el cautiverio.
El tercer hecho fue la apropiación de la nieta 107, la hija de María de las Mercedes Moreno que fue identificada por Abuelas de Plaza de Mayo en 2012. Moreno estaba embarazada de 7 meses cuando fue secuestrada y dio a luz a los pocos días en maternidad provincial. Cuando fue liberada y fue a buscar a su hija a la Casa Cuna, la niña había sido apropiada Laura Dorila Caligaris, quien se desempeñaba en el área de servicio social de la Casa Cuna, quien la anotó como su hija biológica junto a Osvaldo Roger Agüero.
Las dos civiles que llegaron acusadas por la apropiación fueron absueltas. Se trata de Ana María Rigutto De Oliva Otero, quien se desempeñaba en el juzgado de menores cuando la bebé fue separada de su madre y Adela María González, quien declaró como testigo en una causa judicial y señaló que la niña era hija biológica de la pareja de apropiadores. El resto de los acusados, incluida la pareja que se apropió de la niña, fallecieron antes de poder ser juzgados.
Según se desprende del fallo, el Tribunal consideró que el accionar de ambas acusadas no estuvo vinculado con la apropiación de la niña y por lo tanto ya estaba prescripto. Para la fiscalía y para la querella de Abuelas, ambas conocían el origen de la bebé y que su madre había sido víctima de una persecución por parte del terrorismo de Estado. Los fundamentos de la absolución se conocerán en los próximos días.
Como parte del veredicto y en base al derecho a la verdad, los jueces declararon la existencia material del hecho que tuvo por victima a Luis Enrique Rosales, Carlos Alberto Franco, Roberto Maldonado, Olga del Carmen Molina y José Manuel Ochuza, quienes eran empleados de la municipalidad de Córdoba y que fueron secuestradas en junio de 1979, llevados al D2 y luego desaparecidos. Todos los acusados por esos crímenes ya fallecieron y el Tribunal, a partir del pedido de las partes acusadoras, sostuvo que constituyeron delitos de lesa humanidad que ocurrieron en el marco del plan sistemático de persecución de personas a partir del golpe de estado de 1976.
El fallo ordenó, además, que se repare el legajo en el Banco de Córdoba de Juan Carlos Bazán y que se anote en la partida de nacimiento de la nieta 107 que es hija biológica de María de las Mercedes Moreno.