El Gobierno nacional oficializó mediante el Decreto 864/2024 la extensión del plazo para regularizar activos no declarados, el llamado blanqueo de capitales, uno de los instrumentos con los que la administración libertaria buscar captar dólares.

Cabe recordar que en julio pasado se promulgó la Ley N° 27.743 que creó el régimen que busca “facilitar a los contribuyentes la regularización de sus obligaciones tributarias, aduaneras y de la seguridad social, con el objetivo de facilitar la reactivación económica en el país”. Es decir, quienes hasta el momento evadieron la legislación tributaria del país, ahora podrán “blanquear” sus capitales o activos sin mayores consecuencias sino, más bien, beneficios y condonaciones de impuestos.

Asimismo, la nueva normativa permite que los fondos regularizados sean utilizados en inversiones públicas y en el fomento de empresas productivas. De esta manera, los ciudadanos podrán regularizar incluso la tenencia de moneda nacional o extranjera en efectivo dentro de Argentina y en el exterior a través de una “Cuenta Especial de Regularización de Activos” o una “Cuenta Comitente Especial de Regularización de Activos”.

Banco central blanqueo de capitales
Banco Central
Foto: Eduardo Sarapura

Las 6 claves del blanqueo

En conversación con Noticias Argentinas, el especialista Sebastián Domínguez detalló las 6 claves que definen esta prórroga:

1.       El plazo para depositar dinero en efectivo se extendió hasta el 31 de octubre de 2024. Originalmente, vencía el 30 de septiembre de 2024.

Para obtener el beneficio, los fondos deben depositarse en una cuenta CERA (Cuenta Especial de Regularización de Activos), si el dinero está en Argentina. En cambio, si los fondos están fuera del país, deben depositarse en una cuenta bancaria en una entidad financiera del exterior. Cabe señalar que a partir del 1 de noviembre de 2024, ya no será posible regularizar dinero en efectivo.

2.      El dinero depositado en una cuenta CERA hasta el 30 de septiembre de 2024 podrá retirarse a partir del 1 de octubre de 2024. No obstante, si el beneficiario realiza un retiro total o parcial, ya no podrá seguir depositando nuevos fondos en la cuenta CERA.

3.      El dinero depositado en una cuenta CERA durante octubre podrá retirarse a partir del 1 de noviembre de 2024.

4.      Si el blanqueo es de un monto que no exceda los USD 100.000, podrá ser regularizado y luego, retirado sin que se le aplique la retención del 5% del impuesto del blanqueo.

5.      Aún si el blanqueo es de un monto superior a USD 100.000, si se le da el destino establecido en la ley y la reglamentación hasta el 31 de diciembre de 2025, no se aplicará la retención del 5% del impuesto del blanqueo. Sin embargo, si se retira el dinero antes de esa fecha, se aplicará el 5% del impuesto sobre el monto retirado.

6.      La prórroga de la primera etapa del blanqueo aplica tanto para dinero en efectivo como para cualquier otro tipo de bienes que se pueden regularizar.

Cuáles son las tres etapas del blanqueo según el Decreto 864/2024

EtapaDetalleFecha OriginalNueva Fecha
Etapa 1Pago Anticipado del 75% y Manifestación de AdhesiónHasta el 30/09/2024Hasta el 31/10/2024
Pago del saldo y Declaración Jurada30/11/2024 (Sin cambios)  
Etapa 2Pago Anticipado del 75% y Manifestación de Adhesión01/10/2024 al 31/12/202401/11/2024 al 31/01/2025
Pago del saldo y Declaración Jurada31/01/202528/02/2025 
Etapa 3Pago Anticipado del 75% y Manifestación de Adhesión01/01/2025 al 31/03/202501/02/2025 al 30/04/2025
Pago del saldo y Declaración Jurada30/04/202531/05/2025