El ministro de Justicia Mariano Cúneo Libarona dijo que un chico de 13 años “hoy tiene conciencia, actúa con dolo, tiene intención”. También dijo que “la cantidad de delitos cometidos por chicos de 13 años nos sorprendería. Hubo un incremento del 20% de un año a otro, con lo cual no cabe duda de que el chico de 13 años de 2024 no es el mismo de antes”. El entrevistador del canal de noticias TN no preguntó a qué años se refería ni tampoco la fuente de dónde provino el dato y mucho menos que vendría a solucionar el encierro más temprano en cárceles de la Argentina. El funcionario aprovechó el desinterés (por decirlo de una manera benevolente) del periodista para defender su cruzada en la baja de la imputabilidad.

En detalle, el Gobierno nacional enviará al Congreso un proyecto de ley que establece un nuevo Régimen Penal Juvenil para los adolescentes de entre 13 y 18 años que cometan delitos. La iniciativa fue presentada por la Ministra de Seguridad Patricia Bullrich y el mencionado Cúneo Libarona, durante una conferencia de prensa.

“Resulta imposible combatir a los delincuentes sin leyes que amparen a las Fuerzas Federales de Seguridad y a la Justicia a la hora de proteger a los argentinos de bien. Es por eso que, por decisión del Presidente Milei, los equipos conjuntos del Ministerio de Seguridad y del Ministerio de Justicia trabajaron en la redacción del Proyecto de Baja de Edad de Imputabilidad, con el objetivo de terminar con la impunidad, frenar la puerta giratoria, y darle respuesta a la gente”, fue el argumento. Si conceptos o ideas como “puerta giratoria” o “darle respuesta a la gente” le parecen familiares es porque la demagogia punitiva vuelve con cada abismal crisis económica o luego de un hecho policial de alto impacto mediático que involucre a menores.  

El proyecto

El máximo de pena para adolescentes entre los 13 y 18 años está fijado en 20 años. Al cumplir 2/3, el tribunal podrá disponer que se continúe con algunas de las medidas alternativas. La privación de la libertad se ejecutará en “establecimientos especiales o secciones separadas de los establecimientos penitenciarios, bajo la dirección de personal idóneo”.

En los casos de menores no imputables (por ejemplo, un chico de 11 años), el juez “de todos modos investigará la existencia y circunstancias de un hecho ilícito y la presunta intervención de terceras personas (…) realizará un peritaje psicológico, un informe ambiental y dará intervención a otros organismos. Ante el riesgo de que el menor incurra en nuevos delitos, también podrá ordenar su internación para su readaptación social”.

Mariano Cúneo Libarona, ministro de Justicia de la Nación.
Foto: @m_cuneolibarona

Penas de tres a seis años. “Siempre que no haya existido muerte de la víctima, grave violencia física o psíquica sobre las personas, no haya lesiones gravísimas en delitos culposos y no se registren otros procesos o condenas, la pena podrá reemplazarse por: amonestación, prohibición de aproximarse a la víctima o sus familiares, prohibición de conducir vehículos, prohibición de concurrir a determinados lugares, prohibición de salir del país o de un ámbito territorial, prestación de servicios a la comunidad, monitoreo electrónico”. Ante el incumplimiento injustificado de una pena alternativa, el juez la sustituirá por otra más severa.

Esconder la responsabilidad

Cómo ya se publicó en este medio, una foto de las causas iniciadas en el Fuero de Responsabilidad Penal Juvenil por homicidios dolosos presuntamente atribuidos a personas menores de 18 años de edad en la Provincia de Buenos Aires –declarado tantas veces por funcionarios y comunicadores como una “zona de riesgo”– muestra que registró un descenso mayor al 50% con respecto al inicio de la medición, allá por el año 2009.

Si la estadística contradice el argumento oficialista y el “sentido común” construido por algunos medios, la opinión de especialistas también va en un sentido contrario al del discurso de la mano dura.

“Pensar el reproche a través del castigo penal es una forma de esconder la cuota de responsabilidad que le cabe al Estado. El problema es que estos jóvenes, generalmente, necesitan una especial protección, otras formas de cuidado, necesitan más acompañamiento, porque la familia no siempre puede hacerlo, porque los padres se quedaron sin batería, están todo el día trabajando, están muy solos. Y el Estado ha estado muy lejos de estas familias. Estar cerca no es darles un plan, un envión, sino acompañarlos cotidianamente”, dice el también ya citado aquí Esteban Rodríguez Alzueta, criminólogo, docente e investigador de la Universidad Nacional de Quilmes.

En ese sentido, un relevamiento de UNICEF concluyó que las y los adolescentes privados de la libertad forman parte del sector más vulnerable de la sociedad: el 28% vivió en la calle y el 78% tuvo dificultades para asistir a la escuela, entre otras problemáticas.

“Es prioritario –pronunció el organismo– contar con una Ley de Justicia Juvenil en línea con los estándares internacionales y que no baje la edad de imputabilidad”.

“Un retroceso en materia de Derechos Humanos”

UNICEF también expresó que “en Argentina la reforma del sistema de justicia penal juvenil no requiere bajar la edad de punibilidad, algo que podría ser interpretado como un retroceso en materia de derechos humanos y como una medida regresiva”, e insistió en que “existen experiencias internacionales que han demostrado que disminuir la edad de punibilidad no ha sido una medida efectiva en el combate a la inseguridad”.  Por el contrario, sí está claro que son las y los adolescentes privados de la libertad el sector más vulnerable de la sociedad:

La Convención de Naciones Unidas, por su parte, explica en su observación general número 24 relativa a los derechos del niño en el sistema de justicia juvenil que “los Estados partes deben establecer una edad mínima de responsabilidad penal”, y recomienda que no la eleven y sea lo más cercana posible a los 18 años porque “la madurez y la capacidad de pensamiento abstracto todavía están evolucionando en los niños de 12 a 13 años”.