El titular del Juzgado de Ejecución Penal N° 1 de La Plata, José Villafañe, hizo lugar al habeas corpus colectivo interpuesto por la Comisión Provincial por la Memoria (CPM) por las denuncias derivadas del agravamiento de las condiciones de detención de los estudiantes universitarios y toda la población carcelaria de la unidad 1 de Lisandro Olmos, dependiente del Servicio Penitenciario Bonaerense (SPB).
Los detenidos que asisten a la facultad, cursos de formación, talleres u otras instancias educativas, denunciaron que se les obstaculiza el acceso a la educación. Aseguraron que les impusieron una limitación en los horarios de estudio, de asistencia a cursos virtuales, demoras para la verificación y confección de carnets estudiantiles entre otras dificultades que padecieron por parte del personal penitenciario.
“Por la presentación que realizamos a mediados de junio pasado, el juez José Villafañe celebró una serie de audiencias con las partes involucradas, Centro de Estudiantes Universitarios de Olmos, autoridades del SPB, Universidad Nacional de la Plata (UNLP), Defensoría General y nuestro organismo”, explicó Roberto Cipriano García, abogado y secretario ejecutivo de la CPM, en diálogo con Tiempo. Siguió relatando que lo hicieron “a fin de recolectar pruebas respecto a la vulneración del derecho a la educación en perjuicio de los detenidos, pudimos chequear el agravamiento que padecían”.
La resolución del juez
“Después de haber realizado todo este trabajo colectivo presencial, la semana pasada, el juez consideró en su resolución que el Centro de Estudiantes Universitarios es el espacio físico dentro de la cárcel en el que hay dispositivos y la conectividad adecuada para poder asistir en forma virtual a las clases universitarias”, detalló el secretario ejecutivo. Por eso autorizó la libre circulación de los detenidos “en los sectores contiguos al CEU como así también el acceso a actividades recreativas y de formación extra curricular”.
“A lo largo del fallo del magistrado quedó en evidencia todas las dificultades y el retraso de los penitenciarios en brindar información a las autoridades académicas de la UNLP en los trámites para la confección de los carnets de estudiantes universitarios, situación que dificulta aún más el acceso al ámbito del aprendizaje y formación”, aseguró el abogado. Continuó apuntando “que el juez comprendió que no había una comunicación fluida entre la institución de encierro y la educativa”.
“El doctor Villafañe también señaló la falta de normas claras y de un protocolo que garantice el acceso a la educación en ese lugar”, contó el letrado. Además dijo en forma clara y precisa que este derecho no debe garantizarse solo a los que cursan carreras de grado “sino a todas las personas privadas de libertad y al propio personal penitenciario que desee acceder a estas actividades”.
Reclamo de los estudiantes y traslado fantasma
“Fueron los propios estudiantes universitarios -ante tanta injusticia- los que se comunicaron con nosotros y nos pidieron ayuda”, remarcó el secretario ejecutivo. Sin embargo, los penitenciarios lejos de colaborar “cuando presentamos el habeas corpus lo primero que hicieron fue trasladar a uno de los detenidos referente del espacio educativo”, denunció.
“De este modo, los penitenciarios además de haber protagonizado una represalia personal, buscaron desalentar y descomponer la organización de los estudiantes a través de la amenaza de traslados arbitrarios”, remarcó García. Fue por eso que junto la Secretaría de Ejecución Penal; la Defensoría Departamental; la Dirección de Acompañamiento Universitario en Cárceles de la UNLP “acompañamos a los estudiantes que padecían una persecución sistemática en esa cárcel bonaerense”.
“En este sentido el magistrado consideró que la educación es un derecho que hace a la condición del ser humano, ya que a partir de ello se construye una identidad en conjunto con la sociedad”, enfatizó el secretario ejecutivo. También subrayó que está comprobado que el detenido “que reciba educación, será una persona que haga uso de sus derechos y cumplirá con sus deberes a favor del desarrollo para el bien común”.
Orden del magistrado
“Por todo esto el juez ordenó a la administración de la unidad penal 1 de Lisandro Olmos el pleno restablecimiento del derecho a la educación de los allí privados de libertad”, celebró el abogado. También ordenó que el espacio de estudio en ese penal “quede a plena disposición de todos los detenidos que quieran acceder y, de este modo, impedir cualquier avasallamiento sobre el derecho a la educación a futuro”.
“Además, mandó a implementar un diagrama, estrategia, protocolo o sistema que permita el libre acceso a los espacios educativos de la cárcel a todos los estudiantes que quieran participar en las actividades que allí se realizan”, detalló el letrado a este diario. Lo dispuso también así para “los coordinadores y delegados educativos que se encuentran haciendo respetar el derecho constitucional de educación y hasta para los mismos penitenciarios”, agregó.
“El juez exigió al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Provincia de Buenos Aires y al Servicio Penitenciario Bonaerense -por sus responsabilidades institucionales- que garanticen el acceso a la educación de en contextos de encierro en términos generales en todas las cárceles de esta órbita”, resaltó el secretario ejecutivo. Finalizó remarcando que el magistrado lo dispuso así “porque son quienes deben garantizar que todas las personas en situación de encierro puedan acceder a los distintos niveles educativos, también tienen la obligación de acompañarlas para que puedan finalizarlos y graduarse”.