Hace diez años, el máximo tribunal de justicia del país sentó un precedente que, en teoría, iba a cambiar el ineficaz paradigma de perseguir al consumidor para combatir al narcotráfico. En el fallo denominado Arriola, la Corte Suprema estableció la inconstitucionalidad del artículo que prevé penas de prisión por tenencia de drogas para consumo personal. Eso provocó la esperanza de un Estado más atento a la investigación del crimen organizado que a malgastar recursos y esfuerzos en causas menores. Pero nada de eso ocurrió. Desde aquel día se presentaron alrededor de 25 proyectos de ley que pretendieron despenalizar los delitos de consumo, pero ninguno, siquiera, tuvo debate parlamentario. La llegada de Cambiemos al gobierno en 2015 acentuó una política que tiende fuertemente a la criminalización de las personas usuarias de drogas al nivel de presentarlo como un logro de la gestión.
El 25 de agosto de 2009, la Corte Suprema de Justicia resolvió, por unanimidad, declarar la inconstitucionalidad del segundo párrafo del artículo 14 de la Ley de Estupefacientes (N° 23.737), que reprime la tenencia para consumo personal con pena de prisión de un mes a dos años (sustituibles por medidas educativas o de tratamiento). Según el fallo, dicha inconstitucionalidad aplicaba para aquellos casos «que no afecten a terceras personas».
La causa había empezado en Rosario, durante el verano de 2006, cuando unos agentes de la policía provincial allanaron una casa con el pretexto de que allí se vendía droga y detuvieron a un grupo de personas que, luego, terminarían en la cárcel. En el mismo procedimiento, a unas cuadras de esa vivienda, la policía también arrestó a algunos jóvenes que llevaban cigarrillos de marihuana. Meses más tarde, fueron condenados a cumplir distintas medidas educativas y apelaron.
Después de atravesar varias instancias judiciales, el caso llegó hasta el máximo tribunal, que estableció que el consumo de estupefacientes en el ámbito privado sin ostentación a terceros está protegido por el artículo 19 de la Constitución Nacional. Entre otros aspectos, los jueces tuvieron en cuenta que la cantidad de marihuana incautada era ínfima y que los jóvenes no presentaban síntomas de adicción.
«A diez años del fallo Arriola, las políticas van en el mismo sentido, centradas en el paradigma prohibicionista basado en la persecución de la oferta. Lo que observamos es que no hubo un quiebre hacia otro enfoque, aunque con la gestión de Cambiemos se le dio mayor protagonismo a la intervención policial, sobre todo en situaciones vinculadas a la tenencia para consumo. Esto se observa a través del aumento de las detenciones durante esta gestión. La misma ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, reconoce que un gran porcentaje de las detenciones que producen las fuerzas federales se trata de persona que estaban en situación de tenencia para consumo», explica Victoria Darraidou, investigadora del equipo Seguridad Democrática y Violencia Institucional del Cels.
Según datos de la Procuraduría de Narcocriminalidad (Procunar), el 36% de las causas iniciadas en la Justicia federal están vinculadas a la tenencia para consumo personal. De ese porcentaje, la gran mayoría es archivada, en tanto, las pocas que terminan en condena reciben penas menores.
«En estos casos –continúa Darraidou– la investigación no prospera, sólo perjudica a las personas detenidas. Por otro lado, ¿cuál es la eficacia de intervenir de esta manera cuando supuestamente lo que se busca es combatir el crimen organizado? Hace diez años, la letra del fallo Arriola decía que no había ninguna evidencia que deteniendo situaciones de consumo se podía ascender en la cadena delictiva. Los datos de los últimos años nos permiten observar lo mismo: en los casos donde hay sentencia, la gran mayoría es por comercialización y establece el monto mínimo de la pena, es decir, el proceso judicial se terminó con el arresto del que vende en la calle y no hay posibilidad de investigar figuras más complejas como la asociación ilícita o el lavado. Este gobierno expresa todo lo vinculado a las drogas como si fueran narcos; a través de la página oficial del Ministerio de Seguridad o del Twitter de la ministra, cada secuestro de droga o detención se presenta como parte de una lucha contra el narcotráfico, pero si prestamos atención vamos a ver que se trata de detenciones en situaciones de microtráfico o de mujeres en contexto de vulnerabilidad y pobreza, que terminan siendo presentados como narcos».
Aparato represivo
De acuerdo a datos de la Procuración Penitenciaria de la Nación, en los tribunales federales se registró, entre 2017 y 2018, un aumento del 23% en las causas vinculadas con la tenencia de estupefacientes para consumo personal, arrojando un promedio de 22 expedientes iniciados cada 24 horas. Otro dato a tener en cuenta es que entre 2015 y 2018 se incrementó en un 34,85% la población de mujeres detenidas por delitos de drogas en el ámbito del Servicio Penitenciario Federal.
«En el territorio hay un efecto regulatorio sobre los jóvenes por parte de la policía y de ciertos agentes judiciales que deciden a quién detener y a quién no. Es un aparato represivo que tiene que girar hacia combatir el narcotráfico en serio en vez de perseguir a los pibes que tienen un porro», se queja Walter Martello, defensor del Pueblo adjunto de la provincia de Bueno Aires.
Tanto él como Darraidou coinciden en que esta persecución recae, fundamentalmente, sobre las poblaciones más vulneradas que en la Argentina, se sabe, son los jóvenes, los pobres y las mujeres.«
Las «madres que se plantan» llegan a la Corte
La Cámara Federal de Apelaciones de Rosario habilitó por unanimidad el recurso extraordinario presentado en junio pasado por seis mujeres de la agrupación Madres que se Plantan que buscan elaborar aceite de cannabis para tratar distintas patologías que sufren sus hijos e hijas, y elevó la causa a la Corte Suprema. Es la primera vez que un caso de autocultivo llega al máximo tribunal de justicia del país.
El año pasado, la jueza de primera instancia Sylvia Aramberri avaló, en una decisión histórica, el autocultivo de cannabis con fines terapéuticos y la producción de los aceites que estas mujeres suministran a sus hijos e hijas para tratar diferentes afecciones, con el acompañamiento de la Asociación de Usuarios y Profesionales para el Abordaje del Cannabis (Aupac) y de la Facultad de Ciencias Bioquímicas y Farmacia de la Universidad Nacional de Rosario (UNR), donde se realiza el análisis cromatográfico de los aceites.
En junio de este año, la Secretaría de Salud de la Nación apeló la autorización argumentando que el producto elaborado por las madres no era seguro para los menores y que no estaba probada su efectividad. Así descalificaba no sólo el testimonio y las evidencias presentadas por las familias, sino también las declaraciones de los profesionales que acompañaban esos casos.