Un hecho inédito vinculado a los reclamos de soberanía que la Argentina sostiene desde hace más de un siglo con el Reino Unido sobre los territorios del archipiélago de las islas Malvinas, tuvo lugar en estos días y en el ámbito menos pensado. La justicia jujeña condenó a una empresa telefónica por facturar como internacional una llamada desde la localidad de San Pedro de esa provincia hacia las Islas Malvinas. El falló obligó a la compañía a aclarar en los diarios de mayor circulación, tanto en el ámbito local como nacional, que «la conexión con el archipiélago se cobra como local interurbana».
Pero esta historia tan particular comenzó a fines de 2012, cuando el abogado Juan Giusti llamó desde el teléfono fijo de su casa a un amigo en las Malvinas, pero al recibir la factura se encontró con que la empresa Telecom había facturado esa comunicación conforme a la tarifa internacional. A partir de ese hecho inició una demanda contra la empresa, a partir de la cual la Cámara en lo Civil y Comercial del Centro Judicial de San Pedro condenó el viernes a la multinacional a «emitir una nueva factura corrigiendo el error y a publicar en los dos diarios locales de mayor circulación y en los diarios nacionales Clarín y La Nación una aclaración sobre la soberanía del archipiélago», advirtiéndole que «de lo contrario se le cobrará 50.000 pesos por día como multa».
«El fallo es impecable», aseguró Giusti a Télam, y destacó que «lo importante es que Telecom es una empresa concesionaria de un servicio público y al haber facturado como internacional la llamada es como si el Estado argentino reconociera que las Malvinas no son argentinas». La soberanía sobre ese territorio, que para la normativa argentina integra la provincia de Tierra del Fuego, es proclamada históricamente por los distintos gobiernos nacionales y reclamada ante los organismos internacionales pertinentes.
«Me hirvió la sangre al ver la factura», relató el abogado y comentó que demandó a la telefónica por «no admitir la soberanía argentina sobre el archipiélago, reconocida en la cláusula transitoria primera de la Constitución Nacional y por violar la resolución de la Comisión Nacional de Comunicaciones, que establece que ‘las comunicaciones a las Islas Malvinas se facturarán como clave 12 interurbana con un descuento del 50 por ciento'».
«No lo hice por la plata, porque en ese momento no eran más de tres pesos, pero me indignó que no se reconozca a las Islas como argentinas, no se puede convalidar eso», concluyó Giusti. Al rechazar la demanda, Telecom argumentó que «el usuario tendría que haber reclamado dentro de los 60 días y que nunca hizo el reclamo administrativo ante Defensa del Consumidor».
Sin embargo, la justicia jujeña obligó a la compañía a facturar de nuevo la tarifa y a publicar en los medios a partir «de un día domingo y por cinco días consecutivos» el siguiente texto: «Telecom Argentina S.A., por orden judicial, rectifica toda facturación o comunicado en el cual tratara las llamadas telefónicas realizadas a las Islas Malvinas como internacionales, aclarando que las llamadas a las Islas Malvinas son locales interurbanas y el costo de dicha llamada se encuentra reducido en un 50 %'».
Asimismo, la sala IV de la Cámara Civil y Comercial también envió un exhorto al Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom) y a la Comisión Nacional de ex Combatientes de Malvinas, dependiente del Ministerio del Interior, para ejercer el rol de contralor y aclara que en caso de incumplimiento de la publicación en los términos establecidos se aplicará una sanción de 50.000 pesos, por cada incumplimiento que sea denunciado por los órganos de contralor antes referidos. El fallo fue firmado por los jueces Horacio Macedo Moresi, Silvia Yecora y Gustavo Toro.