«Hay una afirmación insistente en mi país, que yo veo como un síntoma innegable de fe populista, según la cual detrás de cada necesidad siempre debe existir un derecho. Obviamente, un mundo en el que todas las necesidades son satisfechas es deseado por todos. Pero ese mundo no existe», afirmó Carlos Rosenkrantz, vicepresidente de la Corte Suprema de la Nación. Lo hizo el lunes 30 de mayo durante una conferencia magistral en la Universidad de Chile.
El juez del máximo tribunal, nombrado durante el macrismo, desarrolló un discurso inaugural en la apertura del año legislativo de la universidad chilena, bajo el título Justicia, Derecho y Populismo en Latinoamérica».
En un tramo de su participación, Rozenkrantz se expidió acerca del concepto de «populismo». «Hay una afirmación insistente en mi país, que yo veo como un síntoma innegable de fe populista, según la cual detrás de cada necesidad siempre debe existir un derecho. Obviamente, un mundo en el que todas las necesidades son satisfechas es deseado por todos. Pero ese mundo no existe. Si existiera, no tendría ningún sentido la discusión política y moral. Discutimos política y moralmente porque nos encontramos, como decía John Rawls, en situación de escasez. No puede haber un derecho detrás de cada necesidad porque sencillamente no hay suficientes recursos para satisfacer todas las necesidades, a menos claro que restrinjamos qué significa necesidad o entendamos por derecho aspiraciones que no son jurídicamente ejecutables. En las proclamas populistas, hay un olvido de que detrás de cada derecho hay un costo. Se olvida que si hay un derecho, otros -individual o colectivamente- tienen obligaciones, y que honrar obligaciones es siempre costoso de recursos, y que no tenemos la cantidad de recursos para satisfacer las necesidades que podemos desarrollar y sería deseable satisfacer».
Rozenkrantz también afirmó que el populismo es un tema sobre el que se discute con pasión en cada vez más reuniones de constitucionalistas y cientistas políticos. «Ello es así, porque hay muchas dudas sobre si el particular modo de hacer y concebir a la política por parte de los movimientos que se caracterizan como populistas, son compatibles con los arreglos institucionales que caracterizan a las democracias constitucionales de raigambre liberal».
Posteriormente, Rosenkrantz detalló los rasgos de los populismos: el primero es más bien filosófico y es el hecho «de que el populismo presupone una entidad colectiva, supra-individual, cuya existencia, aunque sus contornos nunca son definidos con precisión, es autónoma e irreducible a la de sus integrantes». El segundo rasgo es que, no solo cambia el cómo, sino que también pretende el quién de la acción política, pues «pretende cambiar el sujeto y el destinatario de lo que políticamente hacemos. En este sentido, más allá de muchas diferencias relevantes, en todas las narrativas populistas el pueblo es el criterio validante por antonomasia», apuntó el expositor.
A la hora de sopesar un modelo sobre otro, Rosenkrantz subrayó que en las democracias constitucionales el progreso es siempre incremental, ya que son, en esencia, arreglos institucionales que hacen imposible que mayorías transitorias cambien radicalmente la fisonomía de la sociedad. Añadió que «el cambio, en las democracias constitucionales, requiere consensos muy extendidos en el tiempo. No hay posibilidad de saltos revolucionarios. El cambio requiere cambios legales y, a veces, cambios constitucionales, pero el cambio legal y el cambio constitucional, es siempre dificultoso y lento». Por el contrario, el populismo es maximalista, pues pregona la necesidad del cambio instantáneo y radical. «El populismo se caracteriza por demonizar a la dinámica política tradicional a la que le reprocha, centralmente, su carácter retardatario. La concibe como la promotora y reproductora del status quo, como la mascarada perfecta de la continuidad. Por eso todo populismo pregona el cambio ya», sentenció.
Finalmente, el juez concluyó que «los jueces tenemos que controlar que se respeten los procedimientos constitucionales, pero aun cuando estos procedimientos se respeten, el populismo puede poner en riesgo al espíritu de nuestras democracias constitucionales porque pone en riesgo las convicciones en las que las democracias constitucionales se fundan. Y cuando ello sucede, son los ciudadanos los encargados de aventar dicho riesgo. Son los ciudadanos porque el populismo, mientras no afecte la constitución y la ley, es –recordémoslo- un problema político. Y por ende son los actores políticos los encargados de resolverlo».
Javier Flax | Socio
2 June 2022 - 11:31
Siempre me dio mucho miedo Rosenkrantz, porque representa la "banalidad del mal". Pero ahora me da muchísimo más porque o bien comete errores o bien tergiversa deliberadamente a las fuentes sobre las que dice hablar. Un tipo así en la Corte Suprema, aunque fuera buena gente -que está claro que no lo es- es peligrosísimo. Cita mal cuando dice que el populismo (sic) dice que donde hay una necesidad debe haber un derecho. Desconoce que el Pacto Internacional de Derechos económicos, sociales y culturales es una norma constitucional. Ni me refiero a eso por lo burdo que resulta a esta altura en cuanto a la exigibilidad de los DESC. Pero se supone que es un profesor de la Facultad de Derecho (no en vano Carlos Santiago Nino siempre le mostraba sus defectos de razonamiento) y pone como autoridad a Rawls, a John Ralws. Rawls es un liberal solidarista y la expresión genérica de sus principios de justicia distributiva establece que "Todos los bienes primarios deben distribuirse de una manera igualitaria y si hay una distribución desigual, debe favorecer a aquellos sectores más desaventajados". Me da un profundo asco. Ah y a partir de los debates con otros pensadores, reconoce que debe haber algo así como una distribución básica -en línea con un salario de ciudadanía- porque de lo contrario las libertades no se pueden ejercer.