El juicio por el homicidio de Rafael Nahuel, el joven mapuche de 22 años, ocurrido el 25 de noviembre de 2017 en Villa Mascardi, Bariloche, se está desarrollando en el Tribunal Oral Federal (TOF) de General Roca, en la provincia de Río Negro. Allí están siendo juzgados cinco miembros del grupo Albatros de la Prefectura Naval Argentina (PNA). La Secretaría de Derechos Humanos de la Nación es querellante en la causa, el debate empezó este martes, este miércoles declararon los imputados y la próxima semana lo harán los testigos.
“La primer jornada -que se realizó este martes- se hizo la rutina de leer el requerimiento de la elevación a juicio de la fiscalía y la querella”, contó Mariano Przybylski, abogado querellante y director de Violencia Institucional de la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación, en entrevista con Tiempo. Continuó relatando que también “se ordenaron algunas cuestiones preliminares”.
“En los requerimientos quedó claro que la fiscalía de instrucción -no la de juicio- acusó a los prefectos de ‘homicidio calificado por exceso en la legítima defensa’, pero nosotros sostenemos que los cinco imputados cometieron un homicidio calificado”, aseguró el letrado. Siguió relatando que esto “quedó muy claro durante el inicio del juicio”.
Declaraciones de los imputados
“La audiencia de este miércoles fue cortita y estuvo destinada a las declaraciones de los imputados, lo hicieron dos de ellos, Francisco Javier Pintos y Carlos Valentín Sosa, quienes no aceptaron que les hagan preguntas, solo hicieron sus exposiciones. Entendemos que están en su derecho de no hacerlo si no lo desean”, detalló el director nacional. En cuanto a los otros tres prefectos, Sergio Cavia, Juan Ramón Obregón y Sergio García, “se remitieron a las declaraciones que realizaron durante la instrucción de la causa, es decir, decidieron no agregar nada”, explicó.
En cuanto a lo que dijeron Pintos y Sosa, “fue impresionante porque además de desligarse del hecho dijeron que solo se defendieron de la agresión que recibieron”, reconstruyó el abogado ante este diario. También subrayó que los imputados con sus dichos “mostraron un racismo y un odio muy grande hacia la comunidad mapuche”.
Brutalidad de la Prefectura Naval Argentina
“Fueron enérgicos en decir que para resolver el conflicto hacía falta más agallas y coraje de los políticos y jueces intervinientes”, aseguró el director nacional. De alguna manera durante la audiencia “dejaron la sensación flotando de que ellos tendrían que haber actuado con más violencia para dominar la situación”, agregó.
“Nosotros sostenemos que fueron a perseguir y a asesinar a los miembros de la comunidad mapuche”, denunció y ratificó el abogado. También ahondó que “en la audiencia de este miércoles, Pintos y Sosa, reflejaron un odio muy profundo que explica en forma muy clara lo que pasó aquel 25 de noviembre de 2017”.
“El juicio continúa la semana que viene, martes y miércoles, empezarán a declarar los testigos, también están convocados algunos prefectos que eran parte de ese grupo -de los cinco imputados- pero que no participaron en la brutal represión”, adelantó el director nacional. Finalizó contando que también lo harán “tres policías federales que habían ingresado al predio a desalojar dos días antes y un miembro de la Policía Científica Argentina (PCA), que fue quien hizo el acta e incautó las armas”.
Sobre los hechos ocurridos en 2017
La brutal represión se desató el 25 de noviembre de 2017 y culminó con el homicidio del joven mapuche Rafael Nahuel de 22 años, tiene como responsable política a la entonces ministra de Seguridad de la Nación, Patricia Bullrich. Además, la funcionaria sostuvo desde el primer momento la existencia de un intercambio de disparos entre ambos grupos. Sin embargo, esa versión siempre fue desestimada por los miembros de la comunidad mapuche.
En el homicidio están imputados y llegaron a juicio cinco miembros del Grupo Albatros de la Prefectura Naval Argentina: Sergio Cavia, Francisco Javier Pintos, Juan Ramón Obregón, Carlos Valentín Sosa y Sergio García, quienes están siendo juzgados en General Roca, provincia de Río Negro. Actualmente el debate está en pleno desarrollo en el Tribunal Oral Federal (TOF), presidido por el magistrado Alejandro Silva.
Homicidio de Rafael Nahuel
Cuando ocurrió el asesinato, los miembros del Grupo Albatros estaban armados con pistolas Beretta 9 milímetros y subfusiles MP5. Así se enfrentaron con integrantes de la comunidad mapuche. Según la instrucción de la causa, cuando dieron la voz de alto y arrojaron una bomba lacrimógena, recibieron piedrazos y por eso habrían comenzado a disparar, primero con posta de goma y luego con balas de plomo.
En ese episodio fue que Rafael Nahuel recibió un disparo por la espalda con un proyectil 9 milímetros realizado con un subfusil MP5, el proyectil ingresó por su glúteo izquierdo y lesionó órganos en el interior del cuerpo del joven mapuche que resultó víctima fatal de la brutal represión.
La orden del juez Gustavo Villanueva
La Prefectura Naval Argentina cumplía una orden del entonces juez del Juzgado Federal de Bariloche, Gustavo Villanueva -quien estaba reemplazando a un colega-, que fue quien indicó que se asegure el perímetro del territorio en disputa entre la comunidad y Parques Nacionales, que había sido desalojado dos días antes y en el que fueron detenidas cinco mujeres mapuche que estaban en el lugar.
El magistrado había dado la orden de desalojo a partir de una denuncia que recibió por usurpación, la que fue realizada el 17 de noviembre de 2017 por parte del Parque Nacional Nahuel Huapi. La comunidad Lafken Winkul Mapu en este sentido había anunciado a principios del mismo mes la recuperación de unas diez hectáreas de las 710 mil que tiene el Parque Nacional Nahuel Huapi en esa parte de Villa Mascardi. Una semana después -el 25 de noviembre- se produjo el violento desalojo que culminó con el homicidio de Rafael Nahuel.
Sobre la causa penal
La causa que transita en el Tribunal Oral Federal de General Roca es (FGR 027423/2017) y está caratulada “Pintos, Francisco Javier y otros sobre homicidio simple, usurpación y atentado agravado a mano armada”, el querellante es el padre del joven que resultó víctima, Alejandro Nahuel. Y tiene procesados al cabo primero Cavia por “homicidio agravado cometido en exceso de legítima defensa” y a los otros cuatro prefectos como “partícipes necesarios” del terrible hecho le costó la vida al joven mapuche.
La carátula con la que esta causa llegó al juicio oral fue criticada muy fuerte por las querellas que representan a la familia de Rafael Nahuel. Se trata de la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación y la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos (APDH) de Bariloche. Ambos organismos y los familiares piden que los imputados sean juzgados por homicidio calificado.
Absolución de Patricia Bullrich
Cabe destacar que el pasado mes de julio -casualmente un mes antes de las PASO- la precandidata a presidenta de Juntos por el Cambio (JxC) Patricia Bullrich, fue absuelta en la causa por el homicidio de Santiago Maldonado en manos de la Gendarmería Nacional Argentina (GNA).
Este terrible hecho de violencia institucional ocurrió el 1 de agosto de 2017 en el Pu Lof en Resistencia de Cushame, provincia de Chubut. En el cual Bullrich también era la responsable política de la brutal represión que terminó con la vida del joven militante Maldonado.