El fiscal federal Eduardo Taiano pidió la elevación a juicio oral y público del ex jefe de Gabinete Juan Manuel Abal Medina por haber intentado “silenciar la prensa que pueda publicar opiniones contrarias a la postura oficialista”, retaceándole publicidad oficial al Canal 13, perteneciente al Grupo Clarín. En un documento de unas 80 páginas, Taiano también pidió que vayan a juicio el ex subsecretario de Medios Alfredo Scoccimarro, el ex presidente de Télam Santiago Álvarez y el ex director de la agencia estatal de noticias Carlos Martín García.
A todos les reprocha el delito de “abuso de autoridad y violación de los deberes de los funcionarios públicos”, que según el artículo 248 del Código Penal contempla penas de prisión de un mes a dos años e inhabilitación especial por doble tiempo para “el funcionario público que dictare resoluciones u órdenes contrarias a las constituciones o leyes nacionales o provinciales o ejecutare las órdenes o resoluciones de esta clase existentes o no ejecutare las leyes cuyo cumplimiento le incumbiere”.
“Los funcionarios aquí procesados abusaron de la facultad que les concede el orden jurídico en beneficio de unos y en detrimento de otros, con el único objetivo de desintegrar el patrimonio de ARTEAR por el sólo hecho de publicar opiniones contrarias a la postura oficialista”, acusó Taiano. “Los funcionarios no dudaron a la hora de efectuar un manejo discrecional de los fondos públicos en perjuicio de un particular”.
La causa se inició por denuncia del Grupo Clarín, a raíz de que en febrero de 2014 la Corte Suprema había ordenado al gobierno que diseñara un nuevo reparto de la publicidad oficial, respetando criterios de «proporcionalidad y equidad». El plazo para ello era de 30 días. Según entendió ARTEAR, nunca ocurrió con el anterior gobierno. La jueza María Servini, en primera instancia, y la Cámara Federal, luego, les dieron la razón. El paso siguiente será el juicio oral.
“La inobservancia no puede ser atribuida a una errónea interpretación de las normas aplicables sino a un deliberado accionar doloso en términos del delito a estudio”, sostuvo el fiscal Taiano.
“Resultaron vulneradas las pautas objetivas que fijan los decretos, la ley y la jurisprudencia de la Corte e lo que respecta a la asignación de publicidad oficial, para seguir criterios subjetivos, arbitrarios, maliciosos y antojadizos que les permitieran cumplir con el objetivo premeditado de desestabilizar una empresa privada -colocándola en una situación más desventajosa frente a sus competidores en el mercado- así como también silenciar la prensa que pueda publicar opiniones contrarias a la postura oficialista”, aseguró Taiano.
En ese sentido, recordó que “la Secretaría de comunicación Pública es un organismo que actúa bajo la órbita de la Jefatura de Gabinete. Más allá de la división de tareas que pudiera haber existido para facilitar la gestión -también en relación con la agencia Télam- resulta innegable la responsabilidad de los imputados en lo que atañe a la distribución de la pauta oficial, quienes, al menos tangencialmente, reconocieron que estaba dentro de la esfera de su esfera de competencia”.
“Era desde esos organismos estatales, administrados por los imputados, desde donde se planificó la política global del área y se tomó, concretamente, la decisión de perjudicar a ARTEAR”, resumió.
En cuanto a los ejecutivos de Télam, según el fiscal ejecutaron órdenes provenientes de la Jefatura de Gabinetes y el área de medios “a sabiendas de su ilegitimidad, concretando el accionar delictivo”.
En la causa estuvieron imputados pero finalmente fueron sobreseídos el ex jefe de Gabinete Jorge Capitanich y el ex director de Télam Martín Granovsky.