El defensor del Pueblo bonaerense, Guido Lorenzino, recusó a los jueces de la Cámara en lo Contencioso Administrativo de La Plata, Gustavo Spacarotel y Claudia Milanta, que deben definir sobre el freno a la suba de la luz dispuesta por el gobierno provincial por entender que «adelantaron opinión respecto al aumento sobre el que deben fallar» y perdieron imparcialidad.

Puntualmente, Lorenzino cuestionó a los jueces porque al momento de resolver la medida precautelar a favor del nuevo cuadro tarifario validaron las audiencias públicas –impugnadas desde la Defensoría del Pueblo– con las que el gobierno provincial autorizó a las empresas Edelap, EDEN, EDES, EDEA y las cooperativas eléctricas que brindan el servicio en el interior bonaerense a cobrar subas del 58% promedio pero que superan en 100% en algunos distritos.

“Los jueces adelantaron opinión sobre el fondo del asunto al valorar la celebración de las audiencias, instancia que en su momento rechazamos por no ser vinculantes y por llevarse adelante cuando el incremento ya estaba decidido”, dijo Lorenzino y se opuso en este sentido a que los magistrados, que forman mayoría en la Cámara, sigan con el proceso, ya que “la valoración que hicieron anteriormente tendrá efecto en una eventual sentencia definitiva”.

La suba dispuesta por la resolución 419 del Ministerio de Infraestructura en mayo había sido frenada por un fallo de primera instancia del juez en lo Contencioso Administrativo, Luis Arias, que otorgó una medida precautelar. El gobierno apeló y el 9 de junio pasado, la Cámara en lo Contencioso Administrativo hizo lugar al recurso interpuesto por Fiscalía del Estado y habilitó otra vez la suba, autorizando así a las distribuidoras que operan en La Plata y el interior de la provincia a liquidar las boletas con el aumento. Sin embargo, los camaristas todavía deben resolver la cuestión de fondo.

Más allá de las marchas y contramarchas, el aumento está hoy frenado ya que el viernes pasado, el juez Arias volvió a hacer lugar nuevamente a una medida cautelar presentada por la Defensoría del Pueblo. En este caso, el magistrado puso el acento en las «graves irregularidades» en la propuesta de incremento que se informó en las dos audiencias públicas que se realizaron en diciembre en La Plata y Olavarría, y la que finalmente se aplicó. 

«La propuesta de aumento para la tarifa final de los usuarios residenciales fue: EDELAP 38%; EDEA 33%; EDEN 65%; y EDES 75%; mientras que las tarifas de usuarios residenciales que finalmente fueron aprobadas ascienden a: EDELAP 125%; EDEA 55%; EDEN 75%; y EDES 85%», indica la resolución de Arias. 

Para el juez, «dichas proporciones contrastan ostensiblemente con los niveles inflacionarios reportados por el INDEC y los incrementos salariales o de haberes jubilatorios de la población en general, que se hallan alrededor del 18 al 20 por ciento y que son de público y notorio conocimiento».