El sistema contemplado en el Programa Nacional de Protección a Testigos e Imputados, que dependía directamente del Ministerio de Justicia, quedó transformado en una nueva dependencia, con estatus de Agencia y autonomía funcional del Poder Ejecutivo, según lo dispuso el Gobierno a través de un Decreto de Necesidad y Urgencia.
“Transcurridos más de 15 años de vigencia de la Ley N° 25.764 (que implementó ese programa) y, en especial, la experiencia recogida en los últimos años, se ha vuelto necesario efectuar un reordenamiento institucional orientado a fortalecer su accionar y garantizar las condiciones para su actuación independiente”, señaló el Poder Ejecutivo en los fundamentos de la medida, publicada en la edición de este viernes del Boletín Oficial.
Además del cambio de estatus del Programa, la norma -que lleva la firma del presidente Mauricio Macri, del jefe de Gabinete, Marcos Peña, y de los ministros- deja al mismo tiempo abierta la posibilidad de que denunciantes de hechos de corrupción puedan ser incluidos en el alcance de medidas protectivas, al señalar que su alcance puede ser ampliado a “delitos vinculados a la delincuencia organizada o de violencia institucional”.
Si bien el nuevo ente, al que se le dio rango de Agencia Nacional, actuará dentro del ámbito del Ministerio de Justicia de la Nación, el DNU 795/2019 establece que se trata de “un ente autárquico dotado de autonomía funcional” que, a la vez, contará con un Consejo Consultivo del que participarán representantes de la Cámara Federal de Casación Penal, de la Procuración General de la Nación y del Ministerio de Seguridad.
Inicialmente, el Programa Nacional de Protección a Testigos e Imputados, creado por ley en 2003, alcanzaba sólo a las investigaciones por narcotráfico; luego se extendió a testigos e imputados de investigaciones judiciales por delitos de secuestro extorsivo, terrorismo y trata de personas, y, ahora, deja las puertas abiertas a que se puedan incorporados denunciantes de hechos de corrupción.
Otro de los impulsores de esta iniciativa fue Gastón Marra, el mismo que promueve el tratamiento del proyecto de ley de Ficha Limpia en el Congreso.
Las medidas de protección a testigos e imputados pueden ser, entre otras: custodia personal o domiciliaria, alojamiento transitorio en lugares reservados, cambio de domicilio, ayuda económica, asistencia para la reinserción laboral y suministro de documentación que acredite identidad a nombre supuesto, entre otras.
Según lo fijado, la asistencia económica que reciben las personas en este sistema puede extenderse por seis meses, prorrogables hasta dos años por “razones de seguridad debidamente fundadas”.
Los medios económicos eventualmente provistos a los protegidos deben ser destinados a “alojamiento, transporte, alimentos, comunicación, atención sanitaria, mudanza, reinserción laboral, trámites, sistemas de seguridad, acondicionamiento de vivienda y demás gastos indispensables, dentro o fuera del país, mientras la persona beneficiaria se halle imposibilitada de obtenerlos por sus propios medios”.
La «preocupación» de Casación
La Cámara Federal de Casación Penal manifestó su «preocupación» por el Decreto de Necesidad y Urgencia con el que el presidente Mauricio Macri creó la Agencia Nacional de Protección de Testigos en reemplazo del Programa que dependía del ministerio de Justicia de la Nación.
Ocho de los jueces del máximo tribunal firmaron hoy un oficio que dirigieron a la Corte Suprema de Justicia para expresar su preocupación por «la compatibilidad» de la aplicación del DNU «en relación a las atribuciones constitucionales y legales» de la Cámara de Casación Penal, «sin perjuicio de continuar con la deliberación en un Acuerdo General que se convoca para el lunes 2 de diciembre a las 11.30».
El oficio fue firmado por los jueces Alejandro Slokar, Ángela Ledesma, Ana María Figueroa, Guillermo Yacobucci, Gustavo Hornos, Javier Carbajo, Daniel Petrone y Diego Barroetaveña; mientras que el juez Juan Carlos Gemignani votó en disidencia.
En su voto, Gemignani sostuvo que «estando ausentes cuatro miembros integrantes de la Cámara, corresponde reclamar la concurrencia del pleno para cualquier consideración que afecte a la representación del Cuerpo; sin perjuicio de que la cámara Federal de Casación Penal no fue invitada a integrar el Consejo Consultivo que prevé el decreto».
Los jueces que no participaron del acuerdo extraordinario fueron, el presidente de la Cámara, Carlos Mahiques, y los magistrados Mariano Borinsky, Liliana Catucci y Eduardo Riggi.