Alberto Fernández promulgó este viernes dos decretos para prorrogar el Presupuesto 2021 y extender la emergencia sanitaria nacional hasta el 31 de diciembre de 2022. En cuanto al Presupuesto, tras el rechazo al proyecto oficialista la semana pasada en el Congreso, el Gobierno definió la continuación del correspondiente al Ejercicio 2021 mientras negocia con los gobernadores diferentes medidas para readecuar las partidas.
El decreto publicado en el Boletín Oficial argumentó que “mediante el artículo 27 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional 24.156 se establece que en dicha situación regirá el Presupuesto que estuvo vigente el año anterior, con adecuaciones que deberá hacer el Poder Ejecutivo».
«Dado lo avanzado del Ejercicio Presupuestario 2021, no resulta posible definir con inmediatez y precisión las adecuaciones referidas en el artículo 27 de la mencionada ley, por lo cual estas se llevarán a cabo oportunamente», puntualizó el decreto.
Además instruyó «al jefe de Gabinete de Ministros (Juan Manzur) a adecuar, oportunamente el presupuesto que se prorroga, con el fin de dar cumplimiento a la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional”.
Emergencia sanitaria durante todo 2022
Por otro lado, el decreto 867/2021 publicado este viernes con la firma del presidente, el jefe de Gabinete y todos los ministros del gabinete nacional extiende la emergencia sanitaria vigente desde 2020.
A partir de esta decisión, el Gobierno podrá «disponer las recomendaciones y medidas a adoptar a fin de mitigar el impacto sanitario de la pandemia por Covid-19, según el contexto epidemiológico, sanitario y de avance de la campaña de vacunación», según se lee en el decreto.
La prórroga se adopta en un contexto de suba de casos de coronavirus en el país, especialmente en algunos distritos del país como Tucumán, Río Negro, Neuquén, Córdoba y la Ciudad de Buenos Aires, que se encuentran en riesgo epidemiológico alto; lo que implica un elevado riesgo de contagio de coronavirus.
El decreto establece que «las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deberán realizar, en forma conjunta con el ministerio de Salud de la Nación, el monitoreo de la evolución epidemiológica y de las condiciones sanitarias».
«Las autoridades sanitarias provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deberán remitir al Ministerio de Salud de la Nación toda la información que este les requiera para evaluar la trayectoria de la enfermedad y la capacidad del sistema sanitario para atender a la población. Asimismo, deberán cumplir con la carga de información exigida en el marco del «Monitoreo de Indicadores de Riesgo Epidemiológico y Sanitario – Covid19″», agrega la norma.