Con la publicación de los fundamentos de la sentencia del juicio Vuelos de la Muerte de Campo de Mayo, el Tribunal Oral Federal 2 de San Martín aclaró los alcances del pedido de rectificación al diario Clarín por haber publicado una noticia falsa sobre la hija y el hijo de Roberto Arancibia, una de las víctimas de ese juicio.
La nota a la que hace referencia salió el 24 de noviembre de 1977 bajo el título: «Buscan a familiares de dos niños abandonados». Los niños eran Adriana Arancibia, de 3 años, y su hermano Martín, de 6, y no habían sido abandonados, sino que sus padres habían sido desaparecidos.
Para Adriana, la decisión del tribunal fue «una gran sorpresa» y destacó: «Los jueces pudieron ver más allá de lo que les hicieron a mis viejos, que fue el horror, pero también hubo otras cosas, los coletazos del horror». «Nos pasaron muchas injusticias, entre ellas esa del periódico, que no es nada inocente que hayan usado la palabra ‘abandonados’. Tienen claro lo que eso significa. Estamos muy contentos de que tengan que decir la verdad y mostrarles que así no se redacta una nota, porque faltan a la verdad y porque hieren a quienes estamos implicados, que en ese momento éramos niños», señaló a Tiempo.
Adriana tuvo que reconstruir su propia historia. Durante su adolescencia comenzó a buscar qué le había pasado a su familia y quiénes habían sido sus padres. Conoció a sus amigos y compañeros de militancia. También pudo saber lo que ocurrió con ella y su hermano.
Según pudo averiguar años atrás, la nota surgió por un pedido de alguien del Instituto Riglós de Moreno, donde habían sido enviados las dos criaturas al igual que muchos otros hijos e hijas de víctimas del terrorismo de Estado. Hacía ya casi seis meses que estaban en ese instituto de menores luego de que el 11 de mayo de 1977 una patota del Ejército se llevara secuestrados a Arancibia, parte de la conducción del PRT-ERP y a su esposa, María Eugenia Zago, médica y también militante de esa organización.
Si bien pasaron casi 45 años, Adriana todavía guarda un recorte. Es un fragmento del diario que llegó a Salta ese 24 de noviembre de 1977 y que don Lorenzo, el carnicero del barrio, le alcanzó a su abuela, María Antonia Dragani de Arancibia, quien vivía en la capital norteña y buscaba noticias de su hijo, su nuera y sus nietos.
«Al principio, con mi hermano pensábamos: por lo menos, a partir de esa nota, nuestra abuela nos encontró. No veíamos en ese momento la maldad a eso, pero con el tiempo nos dimos cuenta. Ya de adolescente caí en razón del peso que tenía, de la falta de verdad y de lo que buscaban crear en la sociedad, de cómo los medios incidieron para hacer creer una imagen de quienes militaban», manifestó Adriana.
Esa imagen construida por todo el aparato de medios que apoyó a la dictadura llevó a la joven a dudar incluso si sus padres la habían amado y a pensar de que tal vez fuera real que los habían abandonado: «El título de la nota a mí me llegaba, no es que no incidió en mí leer eso en el periódico. Yo le decía a mi hermano, ‘¿Cómo podemos saber que nos amaban?’, estaba de desesperada, deshecha».
Ahora que la justicia dio por probado el secuestro de los padres de Adriana y Matías, es el turno del diario Clarín de corregir la información falsa publicada más de cuatro décadas atrás y que nunca desmintió.
«Voy a velar para que se cumpla. Esto no es solo para mí, es para una sociedad que tanto ha sufrido con esto y para que también otros puedan tener esa reparación», concluyó.
Los jueces Walter Venditti, Esteban Rodríguez Eggers y Matías Mancini consideraron, a partir de un pedido de la fiscalía y las querellas, que la rectificación de la información es parte de la reparación integral con el objetivo de «recuperar la memoria de las víctimas y el restablecimiento de su dignidad».
El fallo deja a voluntad del diario cumplir o no con esa decisión. Los jueces le enviarán en los próximos días copias de la sentencia para que «adecue la publicación a lo realmente ocurrido», para «intentar reparar los daños ocasionados por la barbarie de la represión ilegal que en este caso puntual impactaron y fueron invocados como padecidos por la querellante a la vez que para desagraviar la memoria de sus progenitores».
El Tribunal 2 de San Martín consideró que no hubo «mala fe» en ese nota, al analizar que «fue escrita a modo de solicitada, orientada a encontrar familiares o allegados de la familia de los niños», aunque aclaró que el texto «se halla desprovisto de toda mención al violento procedimiento realizado en la casa familiar, lo cual resulta demostrativo de un déficit en la labor investigativa elemental de la profesión, pues no estuvo precedida de una mínima averiguación de los motivos de la situación de soledad de los pequeños».
Como publicó Tiempo semanas atrás, este fallo no fue el primero en admitir el pedido de rectificación de la información en base al derecho a la verdad de las víctimas, sus familias y la sociedad. El primer antecedente fue en Bahía Blanca, en 2016, en el que el Tribunal dispuso que el diario La Nueva Provincia publique la rectificación «como acto moralmente reparatorio y de reconstrucción de la memoria de la información oportunamente vertida en ese periódico».
Maya
18 September 2022 - 17:08
Más vale tarde que nunca.