Los espectaculares procedimientos de profusa difusión que llevaron adelante las fuerzas de seguridad durante la gestión de la ex ministra Patricia Bullrich no constituyeron delito.
El juez federal Rodolfo Canicoba Corral desestimó una denuncia contra la ex ministra de Seguridad por uno de los operativos de los que previamente fueron alertados medios de comunicación para su difusión, en este caso el secuestro de automóviles de alta gama en un estacionamiento en Puerto Madero, en junio de 2019.
Si bien se refiere a un caso específico, el fallo proyecta sus alcances a otros operativos, por ejemplo los de detenciones de personas y sus traslados con casco y chalecos antibalas, a la vista y difundidas por cámaras de TV y otros medios de comunicación, con amplios despliegues.
La ex ministra fue denunciada por José Luis Guarnerio, procesado por presunta asociación ilícita para operaciones con divisa extranjera (en tiempos del cepo) mediante las Declaraciones Juradas Anticipadas de Importaciones (DJAI) y en camino a juicio oral y público.
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Guarnerio denunció que en los allanamientos que se desarrollaron el 5 de junio de 2019 en el estacionamiento del edificio Madero Center, Bullrich impulsó que las fuerzas de seguridad, en ese caso la Gendarmería Nacional, se “extralimitara e sus funciones montando y permitiendo una exhibición pública, para los medios de comunicación, sobre los automotores” secuestrados.
La denuncia apuntó a los presuntos delitos de “revelación de hechos, actuaciones, documentos y datos secretos y abuso de autoridad y violación de los deberes de funcionario público”. El operativo fue transmitido en cadena espontánea por medios televisivos y profusamente difundido por portales de internet.
Al día siguiente, Bullrich ofreció una conferencia de prensa en la que “explicó brevemente la maniobra investigada y el encuadre jurídico asignado, señaló la cantidad de imputados sin dar nombres y haciendo hincapié en las políticas públicas de recupero de activos de origen delictivo”, explica documentación a la que tuvo acceso Tiempo.
La fiscal Paloma Ochoa dictaminó por rechazar la denuncia, “por más criticables que puedan parecer los modos en que la administración decida dar a conocer” esos procedimientos.
“Independientemente de los modos en que la administración decida dar a conocer esos avances, resorte de otro poder, por más criticables que puedan para algunos ser, el Ministerio Público no tiene por función analizar dicha circunstancia sino (determinar) si dicha forma es constitutiva de un delito”.
Bajo ese análisis, la fiscal entendió que “se ha verificado la ausencia de sucesos idóneos para que se impulse la acción penal”.
El juez Canicoba Corral resolvió, además, rechazar a Guarnerio como querellante, decisión que fue confirmada por la Cámara Federal, lo que virtualmente cierra la causa exculpando a Bullrich.