La denuncia del actual gobierno contra Pablo Nocetti, ex número dos del Ministerio de Seguridad durante la gestión de Patricia Bullrich, por el operativo de despeje de la Ruta Nacional 40, en Chubut, y la desaparición y posterior muerte de Santiago Maldonado, tramitará en el mismo juzgado que ya sentenció que el joven artesano se ahogó solo y descartó cualquier intervención delictiva de fuerzas de seguridad en su deceso.
La Cámara Federal porteña zanjó un conflicto de competencia entre el Juzgado Federal Nº 7 de la Ciudad de Buenos Aires, a cargo de Sebastián Casanello, y el federal de Esquel, que en este expediente está a cargo del magistrado Gustavo Lleral.
En Esquel ya hay un expediente abierto en el que se investigan supuestas responsabilidades en la represión ocurrida el 1 de agosto de 2017 en el sector ocupado por la comunidad mapuche en el lof en resistencia Departamento Cushamen, donde por supuestas órdenes de Nocetti la Gendarmería Nacional reprimió a manifestantes de esa etnia originaria a la que apoyaba Maldonado.
En ese contexto desapareció el artesano y tatuador ecologista, cuyo cadáver apareció flotando en el río Chubut 82 días después.
En agosto pasado, el actual Ministerio de Seguridad denunció a Nocetti; al exdirector de Gendarmería Gerardo Otero y a su segundo, Ernesto Robino, por «perturbaciones al ejercicio de la función pública, usurpación de autoridad, abuso de autoridad y violación de deberes». Desde entonces la causa estaba tironeada entre los dos juzgados, el porteño y el chubutense.
Nocetti incurrió, según la denuncia, en una “indebida injerencia en el cumplimiento de una orden judicial”, pues no podía “dar directivas a la Gendarmería cuando esta actúa como órgano auxiliar de la Justicia”.
Nocetti “no debía impartir orden alguna hacia el personal de la Fuerza». Sin embargo, lo hizo y en ese contexto se produjo la muerte de Maldonado.
Casanello se declaró incompetente porque ya había una causa tramitando desde antes, pero el juzgado de Esquel entendió que se trataba de situaciones distintas.
Ahora, la Cámara Federal porteña, en un fallo firmado de manera unipersonal por el juez Pablo Bertuzzi, consideró que “más allá de la discusión que pretenda entablarse acerca de los hechos abarcados en una y otra causa, resulta que todas ellas refieren a un único contexto de actuación. Es esa simple circunstancia la que, de por sí, torna desaconsejable que su estudio quede en manos de distintos magistrados. Caso contrario, no solo se quebraría la unidad de investigación, sino que se asumiría el riesgo de arribar a pronunciamientos contradictorios”.
“El criterio para definir la competencia –añade la resolución a la que accedió Tiempo– siempre ha de ser la mejor y más pronta administración de justicia”.
El juzgado de Esquel es el mismo que a fines de noviembre de 2018 cerró la investigación sobre la muerte de Maldonado y sobreseyó al alférez Emmanuel Echazú, sospechado de haber tenido participación en la persecución y ahogamiento de la víctima.
“La verdad se mostró sencilla, sin fascinaciones. Santiago estaba en el lugar donde lo vieron por última vez. Allí, él, solo, sin que nadie lo notara, se hundió, en ese pozo en el que minutos antes Lucas Ariel Naiman Pilquiman había evitado caer cuando se propuso cruzar el río luego de animar a Santiago a realizarlo», trazó como hipótesis certera el juez Lleral.
Pero en septiembre de 2019, la Cámara Federal de Comodoro Rivadavia revocó el archivo del expediente y ordenó profundizar la investigación. La denuncia del Ministerio de Seguridad, presentada en agosto de 2020, se sumará ahora a aquella investigación.
Y todas tramitarán en el juzgado que ya se pronunció sobre qué ocurrió con Maldonado: «Aunque se insista en presentar los hechos de un modo absurdamente diverso a su esencia (…), lo cierto es que la verdad que rodeó la desaparición y muerte de la víctima de esta causa (y víctima de todas las manipulaciones espurias que de ella derivaron) es una sola».
El fallo del juez Bertuzzi que confirmó que todas las causas deben tramitar en Esquel identifica qué es lo que se está investigando: “el cuestionamiento del marco procesal en el que se desarrolló el procedimiento de Gendarmería Nacional, esto es, si fue bajo la orden jurisdiccional emitida por oficio el día 31 de julio (…) o si actuaron por mediar flagrancia; y la presunta existencia de ´irregularidades por parte de personal de Gendarmería Nacional en las tareas realizadas el 1 de agosto sobre el sector ocupado por el lof en resistencia Departamento Cushamen que derivaron en la presunta desaparición forzada de Santiago Andrés Maldonado junto a otras conductas reprochables penalmente en detrimento de los miembros del grupo mencionado”.
El juzgado chubutense que deberá analizar este planteo había opinado que no hubo responsabilidad política, ni mucho menos penal en la muerte de Santiago. Maldonado murió por «la desesperación, la adrenalina y la excitación naturalmente provocadas por la huida”.
Una causa abierta
La investigación sobre la muerte de Maldonado sigue abierta y produciendo prueba (acaso tardía) para esclarecer qué fue lo que ocurrió. Ello, pese a que el tribunal de Esquel ya opinó que Maldonado murió “sin que nadie pudiera socorrerlo. Ni los gendarmes que los perseguían en medio del operativo, ni los miembros de la comunidad a la que Santiago fue a apoyar en sus reclamos».