Milagro Sala fue condenada por «daño agravado» sin haber, personalmente, dañado nada. Otros dos dirigentes de la Tupac Amaru también fueron condenados por «daños», pero en la acusación se les imputó una «arenga» y hablar por un teléfono celular, mas no haber dañado nada. La dirigente social jujeña fue acusada por haber encomendado a militantes de su agrupación a «propinar golpes» al exsenador y hoy gobernador Gerardo Morales, pero no hubo golpes. Más aun: los supuestos instigados por Sala para agredir a Morales ni siquiera estuvieron en el lugar donde ocurrieron los hechos.
El fiscal ante la Cámara Federal de Casación Penal Javier De Luca enumeró todas las irregularidades de la causa en la que Sala fue condenada a tres años de prisión en suspenso el jueves pasado, ante la mirada gélida de los jueces Gustavo Hornos, Mariano Borinsky y Juan Carlos Gemignani, quienes deben resolver si confirman o revocan el fallo del tribunal oral federal jujeño.
En 2009, Morales debía dar una charla en el Consejo de Ciencias Económicas de Jujuy. Militantes de la Tupac lo «escracharon», tiraron huevos, rompieron algunos vidrios. De Luca sostuvo que hubo delitos y contravenciones, pero advirtió: «Estos hechos tan simples y burdos, pese a que pasaron más de siete años desde su comisión, no fueron esclarecidos debidamente, ya que las fuerzas de seguridad y de investigación de la provincia de Jujuy y las federales no pudieron siquiera identificar a sus autores directos, sino que se contentaron con una suerte de imputación genérica a dos de los integrantes de una especie de turba compuesta por entre diez y 20 personas, según dicen liderada y determinada a actuar por otra persona que no estuvo en el lugar de los hechos».
Las «breves notas» que presentó De Luca ante el tribunal de Casación son una descripción insólita de la causa en la que Sala fue condenada por primera vez.
Uno de los condenados, Ramón Gustavo Salvatierra, estuvo virtualmente indefenso. Había designado al abogado Marcelo Calvó para que lo defendiera, pero el tribunal oral lo rechazó y le asignó un defensor oficial cuya actuación fue desautorizada por la titular de la Defensoría General de la Nación. El día previo al juicio, Salvatierra nombró a otro abogado, quien pidió tiempo para estudiar la causa. El juicio se hizo igual; Salvatierra fue condenado y su defensor no apeló la condena. »Salvatierra no fue visto por nadie arrojando ni rompiendo nada y fue condenado a dos años de prisión en suspenso como autor del delito de daño agravado. ¿Qué defensor diligente consentiría esa condena?», se preguntó el fiscal De Luca.
Milagro Sala fue condenada por «daño» y el querellante es Morales. Pero Morales no sufrió daño alguno; fue dañado el edificio en el que debía presentarse, pero no era su casa. «No reviste el carácter particular ofendido por los daños causados al Consejo Profesional de Ciencias Económicas», advirtió De Luca.
Sala fue acusada por hechos en los que no participó. No estuvo el día del escrache. Sin embargo, según el fiscal, fue condenada no solo por el escrache sino «por su precedente condición de líder social y los métodos que habría empleado en el ejercicio de ese rol». Definió eso como «derecho penal de autor y de culpabilidad por la conducción de vida al aludir a cualidades personales y a acontecimientos en los que habría intervenido Milagro Sala que son ajenos al objeto procesal de estas actuaciones». Dicho de otro modo: en lugar de juzgar a Milagro Sala por el hecho se la juzgó por ser Milagro Sala.
La lista de irregularidades sigue. Sobre esa base, la Casación debe resolver si Sala es culpable o inocente. «