Tras el impulso de la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación en la causa por la extradición del ex capellán militar Franco Reverberi Boschi, el Estado argentino logró una valiosa modificación en la jurisprudencia de la Justicia italiana. Se cree que impactará en otros casos de similares características de distintas partes del mundo.
Se logró modificar ese criterio jurídico que no reconocía que las torturas cometidas durante la última dictadura cívico-militar son crímenes de lesa humanidad. Este cambio ahora acepta que estos delitos no tienen prescripción y son extraditables.
“Desde que asumimos la gestión uno de los temas que llevamos adelante como política de gestión fue buscar a los prófugos de la Justicia argentina que cometieron crímenes de lesa humanidad”, aseguró Horacio Pietragalla Corti, titular de la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación, a Tiempo. Continuó relatando que “sabíamos que había varios en Italia, también en Alemania y que se estaban realizando trámites de extradiciones, la cuales no se concretaban porque la jurisprudencia de Italia solo lo contemplaba en casos de homicidios”.
Sobre la jurisprudencia
“Por eso empezamos a hacer un trabajo muy fuerte mostrando la jurisprudencia argentina, los avances que tuvimos en materia de los delitos de lesa humanidad cometidos durante el terrorismo de Estado. Realizamos varios viajes a la ciudad de Roma donde nos juntamos con fiscales para tratar el tema”, contó el secretario nacional. Siguió relatando que también “participamos en juicios que se están haciendo en este momento a militares uruguayos”.
“Nos juntamos con el fiscal general de Roma y le transmitimos todo el tiempo la necesidad que existe de construir Justicia, porque es un reclamo histórico de los organismos de Derechos Humanos”, aseveró Pietragalla Corti a este diario. La justicia universal “para nosotros es una forma de poder reclamar que todos los sospechosos que están prófugos de la justicia argentina puedan ser extraditados, juzgados y condenados en nuestro país”, agregó.
La fuerza de la colaboración
“En el caso del capellán Reverberi Boschi pudimos trabajar muy fuerte con todo el material recolectado y las declaraciones de los testigos; esto nos llevó varios años de trabajo por la cantidad de traducciones que tuvimos que llevar adelante”, detalló el funcionario. Trabajaron en conjunto “con abogados y organizaciones como la 24 de Marzo que es encabezada por Jorge Ithurburu”, señaló.
“Realizamos un trabajo en el que el Estado italiano se hizo cargo de los abogados que hubo que contratar allí para lograr este cambio jurisprudencial”, celebró el secretario nacional por el logro alcanzado. También remarcó que por esta transformación “hoy cualquier sospechoso de haber cometido torturas -que tenga ciudadanía italiana- será extraditado para ser juzgado y condenado por cualquier Justicia del mundo”.
“Nosotros tenemos otros trámites de extradición que estamos tratando, como el de Carlos Malatto, y esperemos que a partir de este cambio jurídico también pueda ser extraditado, juzgado y condenado en Argentina”, enfatizó Pietragalla Corti. Esto es un aporte muy importante “que hizo la política de memoria, verdad y justicia de nuestro país al mundo entero”, finalizó.
Los detalles del caso
Franco Reverberi Boschi fue capellán auxiliar del Escuadrón de Exploración de Montaña VIII de San Rafael, Mendoza. Es investigado por hechos cometidos en el Centro Clandestino de Detención “La Departamental”, que funcionó en la sede de los tribunales locales. Huyó del país hacia Italia en 2011, cuando se realizó en Mendoza el primer juicio por delitos de lesa humanidad, en esos debates los testimonios de sobrevivientes y familiares comenzaron a señalar su responsabilidad.
Su extradición se logró luego de un largo proceso judicial que comenzó en 2013. En los últimos años, el Estado argentino comenzó a darle un nuevo impulso y se presentó como parte interesada del proceso ante la Justicia.
En marzo de 2022 el Tribunal de Apelaciones de Bolonia rechazó el pedido argentino por lo que el representante del Estado recurrió a la Corte Suprema de Casación italiana, que el 30 de junio del año pasado ordenó emitir un nuevo fallo que tuviera en cuenta pruebas que no habían sido contempladas ni analizadas. En esa misma resolución, la Corte Suprema de Casación modificó su jurisprudencia, que sólo consideraba imprescriptibles los delitos de homicidio, para incluir también las torturas como crímenes de lesa humanidad.
La decisión de la Corte Suprema de Casación reabrió el proceso y el pasado 10 de julio, el Tribunal de Bolonia finalmente hizo lugar al reclamo argentino. El cambio de jurisprudencia permitió que el ex capellán del Ejército sea extraditado por un homicidio y también por los tormentos sufridos por diez víctimas en el Centro Clandestino de Detención “La Departamental”.
Esto tendrá además un impacto muy importante en otros casos similares, como el del ex militar Carlos Malatto, quien reside en Italia y es requerido por la Justicia argentina por crímenes de lesa humanidad contra más de cien personas en la provincia de San Juan.
Para conceder el reclamo de juzgar a Raverberi Boschi en Argentina, la justicia italiana también tuvo en cuenta los informes enviados por la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación sobre las unidades penales de Ezeiza y de Campo de Mayo. Allí se constató que ambos predios tienen las condiciones adecuadas para alojar a personas de edad avanzada y con problemas de salud.