El tribunal oral federal que condenó a Amado Boudou a cinco años y diez meses de cárcel por la Causa Ciccone evitó un pronunciamiento sobre un eventual regreso del ex vicepresidente a la cárcel. No obstante, en la primera reacción después de que la Corte Suprema rechazara en la víspera revisar la condena de Boudou, el tribunal ordenó “formar el legajo de ejecución” de la pena.
El fallo, firmado por el juez del Tribunal Daniel Obligado (quien en los hechos actúa como juez de Ejecución de sentencia), dispuso “tomar razón de lo resuelto por la Corte Suprema de Justicia y declarar firme la sentencia”.
Ello implica que ya no quedan instancias de apelación a las que pueda recurrir Boudou, de modo tal que la sentencia tiene fuerza de “cosa juzgada”.
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El juez Obligado añadió, según pudo determinar Tiempo, que “toda vez que no se han visto modificadas las circunstancias establecidas al momento de practicarse los respectivos cómputos de detención, corresponde estar a los mismos”.
Ello implica que recobra vigencia y actualidad que “respecto de Amado Boudou el vencimiento de la pena operará el día 1 de junio de 2024, caducando a todos sus efectos el día 1 de junio de 2034”.
El tribunal también fijó el término de la finalización de las penas del resto de los condenados para quienes la Corte dejó firme el fallo.
“Practíquense las comunicaciones de estilo y agréguese copia del presente en los legajos de ejecución correspondientes”, resume el fallo.