El Poder Judicial de Jujuy informó que está en condiciones de resolver sobre la libertad de Milagro Sala. Lo hizo a través de un informe de prensa en el que señala que el Superior Tribunal de Justicia jujeño recibió ayer miércoles 2 de agosto la Resolución Nº 23/2017 dictada por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en relación a la medida cautelar que dispuso la salida de la cárcel de la líder de la Tupac Amaru. También aclara que el gobierno provincial informó que no comparte los fundamentos del organismo internacional.
Se pone en conocimiento del Poder Judicial de la Provincia de Jujuy la Resolución Nº 23/2017, para que, a través de los órganos jurisdiccionales competentes, se consideren los requerimientos concretados, señala el comunicado público del STJ, con el que adelantó que está en condiciones de disponer el cumplimiento de la cautelar de la CIDH. El siguiente paso, entonces, es que los jueces de control dispongan la prisión domiciliaria, tal como adelantó el titular del Ministerio Público de la Acusación, Sergio Lello Sanchez.
Según informó el Departamento de Prensa del Poder Judicial jujeño, Clara Aurora De Langhe de Falcone, presidente del máximo tribunal de justicia provincial, fue notificada por la Secretaría de Derechos Humanos y Pluralismo Cultural de la Nación, y a través del decreto 4448-G- del Poder Ejecutivo Provincial firmado por el gobernador Gerardo Morales y su ministro de Justicia, Oscar Perassi.
El decreto de Morales expresa que el Gobierno de la Provincia de Jujuy tiene la vocación de acompañar con firme convicción todas las acciones y procesos nacionales e internacionales tendientes al respeto de los derechos humanos en plena dimensión jurídica, social y económica, advirtió el informe de la justicia jujeña, emitido al día siguiente de la brabuconada del gobernador que cuestionó al organismo internacional en un acto junto a Mauricio Macri en el barrio Alto Comedero.
Se hace saber que pese a conocer que las condiciones de detención de la señora Milagro Sala se adecúan a estándares internacionales aplicables, en la resolución, de la CIDH, se citan situaciones de gravedad o urgencia, o riesgos de daños irreparables a la vida e integridad de la persona; ergo, sin perjuicio de dejar en claro que el Poder Ejecutivo Provincial de ninguna manera las reconoce, no puede admitirlas con sustentos en extremos objetivos, ni las comparte, señala el informe de prensa de la justicia.