La postulación del juez federal Daniel Rafecas para encabezar la Procuración General de la Nación fue oficializada este jueves por el Poder Ejecutivo con su publicación en el Boletín Oficial.
Con la oficialización del pliego del juez federal se pone en marcha el mecanismo de consulta pública previsto en el Decreto 222/03 para su designación, que busca cubrir la vacante que dejó la renuncia de Alejandra Gils Carbó en 2017 y que el gobierno de Mauricio Macri nunca realizó.
De esta forma quedó formalizada la postulación que había sido anticipada públicamente por el presidente Alberto Fernández el 17 de diciembre pasado, cuando se reunió con el magistrado y lo elogió como «un jurista reconocido internacionalmente y una eminencia del Derecho».
«Confío en su independencia y capacidad para esa tarea», argumentó el mandatario, quien de este modo expresó públicamente su intención de promover la postulación de Rafecas para el cargo que Eduardo Casal cumple de manera interina desde hace más de dos años.
Daniel Rafecas no es solo un juez federal, es un jurista reconocido internacionalmente y una eminencia del Derecho.
— Alberto Fernández (@alferdez) December 18, 2019
Por eso desde el Poder Ejecutivo propondremos al Congreso que sea el nuevo Procurador General de la Nación. Confío en su independencia y capacidad para esa tarea. pic.twitter.com/jzDTB8fKWB
En tanto, el aviso oficial publicado este jueves deja oficialmente inaugurada la instancia de consulta pública por un período de 15 días en el que se recibirán mensajes a favor y en contra de que cumpla este nuevo rol.
El Ejecutivo detalló la trayectoria de Rafecas, actual juez federal del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N° 3 de la Capital Federal, lugar que ocupa desde el 14 de octubre de 2004.
«Ingresó en la Justicia penal hace más de 32 años, pasando por todos los cargos de la carrera judicial, primero en el Poder Judicial de la Nación (1987-1998) y luego en el Ministerio Público Fiscal de la Nación (1998-2004), hasta acceder al cargo de Secretario Letrado de la Procuración General de la Nación (2004», detalla el aviso.
De acuerdo con lo previsto por la Constitución Nacional y por el Decreto 222/03, tras pasar por la consulta pública, el Ejecutivo debe evaluar si envía el pliego al Senado de la Nación.
En caso de avanzar en ese sentido, en el Senado vuelve a repetirse la misma dinámica, que incluye también la convocatoria a una audiencia pública por parte de la Comisión de Acuerdos, previo al tratamiento del pliego del candidato en el recinto del Senado, donde se requiere el aval de los dos tercios de los presentes para su aprobación.
Finalmente, en caso de que prosperen esos pasos, el Poder Ejecutivo debe oficializar la designación de su candidato, con el aval de la Cámara Alta, en el Boletín Oficial.