La Cámara en lo Comercial volvió a cerrar con un candado, que sólo puede abrir la Corte Suprema, la insólitamente añeja causa por la quiebra de la empresa Correo Argentino S.A., propiedad de la familia del ex presidente Mauricio Macri. El tribunal congeló nuevamente el expediente a sabiendas de lo que hacía, a punto tal que las dos juezas que conformaron el voto de mayoría lo dijeron expresamente en las explicaciones del fallo.
“Aunque resulte paradojal, la solución que aquí se postula resulta una forma de aventar el riesgo de mayores demoras posteriores, que derivarían de futuras eventuales nulidades”, sostuvo la camarista Matilde Ballerini.
“Si bien ha sido largamente reconocida la innegable extensión en el tiempo de este controvertido proceso y ello también será, sin duda, una consecuencia, indeseada, de lo que aquí se decida, no es menos cierto, que objetivamente existen sendos conflictos de jurisdicción y competencia pendientes, que trascienden largamente a un tratamiento procesal estricto”, coincidió su colega María Elsa Uzal.
Hasta la propia SOCMA, la empresa controlante de Correo Argentino S.A. reconoció que los más de 20 años de tramitación de esta causa son una exageración absurda. El fallo refleja que “la concursada se hizo cargo de que esta causa ha sido ampliamente cuestionada por su extensión en el tiempo, pero señaló que, a su entender, existen circunstancias de hecho y derecho que exigen la suspensión del proceso principal y sus incidentes”.
En síntesis, (casi) todos coinciden en que un concurso de acreedores no puede durar más de dos décadas, pero impulsan y toman decisiones que no hacen más que prolongar esos plazos ya de por sí insólitos.
¿Por qué se suspendió el trámite ahora? Por una maniobra de SOCMA en connivencia con la Legislatura y el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. En los procesos que tramitan ante la Justicia Nacional intervienen un juzgado de primera instancia, una cámara revisora y el paso siguiente es la Corte Suprema. Así lo establece el sistema federal e históricamente funcionó de esa manera. Pero Correo Argentino S.A. decidió apelar decisiones de la Cámara en lo Comercial ante el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires, es decir la Corte de la Capital Federal.
Ese tribunal aceptó esa competencia, que nunca nadie antes le había pedido. Y la Legislatura sancionó (y el gobierno de Horacio Rodríguez Larreta promulgó) una ley que avaló que el TSJ se convirtiera en una nueva instancia judicial.
Sobre esa intervención se basó la decisión de frizar nuevamente la causa Correo Argentino S.A.
“Si bien esta Sala dejó sentado su criterio respecto de la inadmisibilidad de esos planteos a través de los cuales se intentó introducir en autos un recurso local inaplicable en la especie, no lo es menos que el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad decidió en forma contraria, lo que dejó configurada una cuestión jurisdiccional que actualmente se encuentra a decisión del Alto Tribunal”.
En otras palabras, hasta que la Corte Suprema no resuelva si el Tribunal Superior porteño juega en este partido (con su consabida independencia independiente, adviértase la ironía), de la Causa Correo no se mueve un solo papel.
¿Sobre qué debería pronunciarse el TSJ? Fundamentalmente sobre planteos recusatorios para correr del escenario a jueces, fiscales y camaristas. En otra muestra de respeto por la independencia independiente del Poder Judicial, la empresa de la familia Macri recusó a la jueza de primera instancia Marta Cirulli, a la fiscal Gabriela Boquín, y a las tres juezas de la Cámara. Cada vez que un funcionario judicial resuelve de manera diferente a lo que aspira Macri (esté o no en el poder), la primera reacción es intentar apartar a esos jueces y fiscales.
El ejemplo cundió y se amplió. Al juez Roberto Gallardo, tras suspender el reconocimiento facial de prófugos que buscaba a 40 mil evadidos de la Justicia y terminó obteniendo información de diez millones de personas, el gobierno de Horacio Rodríguez Larreta lo recuró y, además, lo denunció penalmente.
“No puede perderse de vista que, de prosperar la postura del TSJ de erigirse en instancia superior a esta Cámara de Apelaciones, la cuestión atinente a las recusaciones de la Magistrada de primera instancia, la Sra. Fiscal de Cámara, e incluso de una de Vocal de este Tribunal, podrían ser tratadas en esa jurisdicción, y ser eventualmente decididas de modo contrario al arribado”, dice el fallo de mayoría.
¿Qué significa eso? Que sigue abierta la posibilidad de que los funcionarios judiciales que intervienen en este expediente sean removidos a pedido de Correo Argentino S.A. que –claramente- defiende con sentido republicano y profundo patriotismo la garantía del juez natural consagrada en la Constitución Nacional.
El fallo de la Cámara (al que sólo se opuso la jueza María Guadalupe Vásquez) pospone la revisión del decreto de quiebra de la empresa de los Macri. ¿Por cuánto tiempo? Imposible saberlo: una semana o tres años, todo puede ser.
En su voto en disidencia, la jueza Vásquez opinó que “el pedido de suspensión de la totalidad de las actuaciones no tiene sustento legal y se funda en la interposición de recursos locales que fueron desestimados en forma liminar por esta Sala”.