La Corte Suprema volvió a activar el “modo protección” a favor de Mauricio Macri. Le mandó a un tribunal de la provincia de Buenos Aires una denuncia formulada por un fiscal hace dos años y medio a raíz de una exhortación pública del ex presidente a desobedecer las medidas contra la pandemia. Más de 50 meses tardó el Poder Judicial en apenas resolver qué juzgado debe intervenir. Cuando el Covid-19 comienza a ser un doloroso recuerdo reciente, la investigación apenas está empezando.
Los cuatro jueces del máximo tribunal, por unanimidad y en una resolución de apenas un párrafo (desprovisto de cualquier dato indicativo sobre qué estaban resolviendo) decidieron en su último acuerdo previo a las elecciones un conflicto de competencia que se suscitó en abril de 2021 entre la justicia federal de Morón y los tribunales provinciales bonaerenses.
El 15 de abril de 2021, a las 17.01, Macri publicó en la entonces red social Twitter: “Los intendentes de PBA tienen la oportunidad de imponer su liderazgo para que las pocas escuelas que están abiertas continúen así. Es fundamental preservar el vínculo entre los alumnos y la escuela y no apoyar fallidas decisiones improvisadas, basadas en la intuición o el miedo”.
Aquella expresión derivó en una denuncia inmediata por parte de un fiscal bonaerense. Desde entonces hasta hoy, en los pliegues y repliegues de la burocracia judicial, lo único que pasó fue el tiempo. Tanto es así que hasta Twitter cambió de nombre y de dueño.
“De conformidad con lo dictaminado por el señor Procurador General de la Nación interino, se declara que deberán enviarse las actuaciones al Juzgado de Garantías n° 4 del Departamento Judicial de Morón, Provincia de Buenos Aires, a sus efectos. Hágase saber al Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional n° 2 de Morón”, resolvieron los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti.
Lo hicieron el mismo día en que fueron a votar en las elecciones de la Asociación de Magistrados, que eligió como su nuevo presidente para el período 2023 – 2025 al juez Andrés Basso, uno de los que condenó a Cristina Fernández de Kirchner en la Causa Vialidad. Basso fue el único de los tres que quería condenarla por el delito de “asociación ilícita”.
El procurador interino eterno Casal también se había tomado su tiempo para opinar sobre quién debía ¿juzgar? a Macri. El 4 de abril de 2023 firmó un breve dictamen en el que advirtió que “la presente contienda negativa de competencia suscitada por infracción a las medidas para impedir la propagación de una epidemia e instigar a cometer delitos no se halla precedida de la investigación suficiente”.
“El Tribunal tiene decidido que resultan elementos indispensables para el correcto planteamiento de una cuestión de esta naturaleza que las declaraciones de incompetencia contengan la individualización de los hechos sobre los cuales versa y las calificaciones que le pueden ser atribuidas, pues sólo en relación a un delito concreto es que cabe pronunciarse acerca del lugar de su comisión y respecto del juez a quien compete investigarlo y juzgarlo”, opinó Casal.
Y disparó: “En la presente no concurren los elementos señalados pues aún no se ha establecido siquiera en que jurisdicción ocurrieron los hechos, con independencia de su calificación legal que tampoco se advierte con precisión”.
Para Casal, la “calificación legal” (el delito imputado) “no se advierte con precisión”.
Sin embargo, el fiscal Javier Ignacio Baños, a cargo de la Unidad Funcional de Juicio y Flagrancia número uno del Departamento Judicial de Morón, fue muy claro cuando formuló la denuncia, en abril de 2021. Le atribuyó a Macri “conductas que presumiblemente encuadran en las figuras de violación de medidas para impedir la propagación de una epidemia, instigación a cometer delitos y desobediencia, sin perjuicio que puedan resultar otras calificaciones”.
Baños añadió: “debido a la naturaleza de los delitos que se denuncian, al daño irreparable que podrían ocasionar y a la gravedad institucional que ello implicaría, solicito que se investigue la posible comisión de los injustos que se produzcan como consecuencia de los irresponsables actos realizados por el ex presidente de la Nación, en cualquiera de sus formas de participación criminal (coautoría, complicidad, instigación) o como encubrimiento de los hechos que aquí se detallan”.
La pandemia estaba en un momento nodal; no había llegado aún a su punto máximo y ya se había cobrado decenas de miles de vidas en la Argentina. “Debe tenerse presente que la tragedia a nivel mundial que ha significado la declaración de Pandemia producida por el Coronavirus SARS-CoV-2 se ha cobrado cerca de tres millones de vidas a nivel global, siendo que unas 60.000 personas aproximadamente han fallecido en nuestro territorio nacional”, subrayó la denuncia.
“Sucintamente, el ex Presidente de la Nación Argentina realiza a través de la red social un llamado público a los gobernantes municipales a que desobedezcan las decisiones adoptadas por el gobernador de la provincia de Buenos Aires. (…) Más allá que puedan no resultar de su agrado, todas las medidas que los Estados –el provincial y los municipales– adopten para hacer frente a la pandemia y que puedan afectar o restringir el goce y ejercicio de derechos humanos serán siempre limitadas temporalmente, ajustadas a los objetivos definidos conforme a criterios científicos, razonables, estrictamente necesarias y proporcionales, y por lo tanto legítimas y obligatorias”.
Macri afronta (es una forma de decir) también otra causa a raíz de la pandemia. Se trata de una investigación por la supuesta violación del aislamiento obligatorio tras regresar de un viaje a Europa en 2020. Antes de concluir los 14 días de aislamiento que regían por entonces se reunió en su quinta Los Abrojos con los intendentes de Pinamar, Martín Yeza; de Olavarría, Ezequiel Galli; y de San Antonio de Areco, Francisco Ratto. Había estado en Europa y dos semanas antes, en Paraguay, en una reunión con los ex presidentes Horacio Cartés y Mario Abdo Benítez.
Esa causa también aterrizó en los tribunales bonaerenses y allí se le perdió el rastro.
“En un régimen republicano como el que ha elegido el pueblo, la soberanía reside en ese mismo pueblo, de modo que, atento a que éste no delibera ni gobierna sino por medio de sus representantes, es un deber insoslayable de éstos que den cuenta a aquél de los fundamentos de sus actos, los que deben ser en función de las normas y constitución provincial, y la Constitución Nacional, y no una imposición de liderazgo”, sostuvo la denuncia del fiscal Baños.
En un primer momento la denuncia recayó en el fiscal Claudio Oviedo, titular de la UFI 5 de Morón. Ahora, la decisión de la Corte implica que el expediente –que nunca avanzó concretamente en medidas probatorias de fondo- quedará radicado ante el juez de Garantías Marcelo Luis Manso. Y por el sistema acusatorio provincial, volverá a la fiscalía.
La denuncia comenzará a tramitar dos años y medio después de los hechos. Toda una demostración de tiempismo de jueces y fiscales. Una postal del Gran Bonete judicial.