La Cámara del Crimen confirmó el procesamiento contra el barra brava de River Plate Héctor “Caverna” Muñoz por el delito de “lavado de activos”, derivado de un proceso judicial en su contra en el marco de la final de la Copa Libertadores de América de 2018, previo al partido que debía disputarse en el Estadio Monumental pero que se terminó jugando en Madrid por episodios de violencia.

Los jueces Ignacio Rodríguez Varela y Marcelo Lucini confirmaron el procesamiento dispuesto en primera instancia por la jueza Fabiana Palmaghini a raíz de que Godoy no pudo justificar el origen lícito del dinero y los bienes que poseía al momento de ser allanada su vivienda, en el contexto de otra causa que tramitaba ante el fuero penal y contravencional de la ciudad de Buenos Aires.

Godoy -dice el fallo – “integra un grupo de hinchas del Club Atlético River Plate conocido como ‘los borrachos del tablón’” y en la previa de la revancha de la final de la Copa Libertadores, durante un allanamiento en su vivienda “se secuestraron 133.776 dólares y 3.638.005 pesos, como también 23 equipos de teléfono celular, entre los que se destaca uno marca iPhone, diversos aparatos de tecnología y gran cantidad de indumentaria deportiva con colores y logos del Club Atlético River Plate”.

“De igual modo, se determinó que en el año 2011 compró un Peugeot Compact 0 km, mientras que en el 2016 adquirió otro de la misma marca, modelo 208, abonando un total de 323.900 pesos. Asimismo, desde diciembre de 2010 registra un inmueble en el partido de San Miguel cuya valuación fiscal es de 1.164.090 pesos y que entre 2013 y 2018 realizó doce viajes al exterior; cuenta con una obra social prepaga y ha realizado compras por valores significativos en diversos comercios”.

Para el tribunal, Godoy no tiene forma de justificar esa forma de vida. “En la declaración indagatoria que prestara en marzo de 2016 en la causa nro. 29.440/12 (en otra investigación, ndr) había dicho ser pintor y ganar $12.000 por mes. Asimismo, en el informe social confeccionado refirió que contaba con un ‘medio laboral actual y propio, de tipo informal e inestable, necesario para su subsistencia’, calificándolo como ‘suficiente, para la cobertura de sus necesidades básicas, e insuficiente, para gastos extraordinarios’. En esta causa Godoy afirmó que contaba con $50.000 mensuales”.

¿Qué dijo “Caverna” en su defensa? “Al explicar el origen de las sumas que fueron secuestradas, dijo que noventa mil dólares eran de un amigo suyo que se los había dado para que los cuidase, aunque desconocía la razón por la cual le encomendó esa custodia. La mera evaluación de esas expresiones y su contraste con las reglas de la lógica impide tenerlas por verdaderas. Está claro que Godoy no se dedica a la actividad bancaria ni se ha verificado que contara con cajas o sistemas de seguridad en su vivienda que lo expliquen. Además, pese a que ese dinero fue incautado hace más de un año y medio, Gustavo Luzzi, a quien Godoy señala como presunto propietario, nunca solicitó su devolución”. Luzzi aparece también vinculado con la barra brava de River.

“Por su parte la tenencia de tres millones de pesos los ligó a un préstamo ‘para la compra de un inmueble’, operación que resultó frustrada por el allanamiento y secuestro. Sin embargo, el contrato de mutuo que presentó carece de datos que le otorguen fecha cierta, mientras que la Administración Federal de Ingresos Públicos informó que no surgiría que el presunto prestamista contase con capacidad financiera para celebrar esa transacción en efectivo”, añade la resolución.

El fallo sostiene que para avanzar en una acusación por lavado no es necesario que esté establecido cuál fue el “delito precedente” del cual se obtuvieron de manera ilegal los activos que fueron “blanqueados”.

Según los camaristas, “el origen ilícito debe estimarse acreditado con el alcance exigido para este momento del proceso, dado que se ha verificado que Godoy no contó, ni cuenta, con los medios necesarios para generar rentas acordes con los bienes detentados y el dinero incautado en su domicilio, que se han pretendido ingresar en el circuito u orden legal bajo la apariencia de lícito”.

Los jueces citaron para ello jurisprudencia de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Penal Económico, que sostiene exactamente lo mismo.