La viuda de David Graiver y principal querellante en la causa por la venta de Papel Prensa a los diarios Clarín, La Nación y La Razón (con participación minoritaria del Estado usurpado por la dictadura) pidió este miércoles que el fallo que sobreseyó a Ernestina Herrera de Noble, Héctor Magnetto y Bartolomé Mitre, sea declarado nulo; que los imputados sean llamados a prestar declaración indagatoria como paso previo a un juicio oral y público, y que el juez que dictó los sobreseimientos, Julián Ercolini, sea apartado de la causa.
En un furibundo documento firmado por el abogado Héctor Jorge Rodríguez, Lidia Papaleo sostuvo que el fallo de Ercolini no se trata de un acto jurídico sino eminentemente político. El magistrado ha decidido poner fin de un puñetazo a una causa que obligadamente debe ser debatida en un proceso oral y público.
Ya tenían preparado el sobreseimiento como obsequio navideño a aquéllos que hoy forman parte del poder de facto en el país. Porque no ocupan cargos políticos o electivos, pero manejan las riendas y el destino de los argentinos a placer.
La resolución absolutoria es insanablemente nula y por ende debe dejarse sin efecto, para ordenar que se continúe con la pesquisa, con la correspondiente citación de los encartados a prestar declaración indagatoria. Asimismo debe separarse al magistrado interviniente del entendimiento del proceso, para de ese modo garantizar a las víctimas la intervención de un juez imparcial, que conserve la templanza necesaria para el tratamiento del caso, con la dedicación que el mismo exige.
Papaleo presentó hoy la apelación contra el fallo que sobreseyó la semana pasada a Herrera de Noble, Magnetto, Mitre, Raymundo Podestá y Guillermo Gainza Paz en la causa en la que se investigaba la presunta transferencia irregular del Papel Prensa.
La querella acusó a Ercolini de haberse desinteresado del trámite de la causa, pues nunca participó personalmente de una audiencia durante la investigación.
Si se hubiera respetado el principio de inmediación y el juez hubiera asistido a las audiencias en lugar de dejarlas en manos de quienes escriben Gelbarg cuando debieron escribir Gelbard y Seint Gein en lugar de Saint Jean, pero luego firma la resolución con esos gruesos errores demostrativos del desconocimiento del papel protagónico y antagónico, por cierto- de ambos personajes, uno empresario nacionalista y el otro un vulgar genocida, hoy estaríamos esperando que se produjera la prueba necesaria para pesquisar las contradicciones de los testimonios volcados a lo largo de años de tedioso trámite, añade el escrito, subrayando errores de tipeo que parecen denotar una ignorancia de la historia trágica reciente de la Argentina.
A partir de una pretendida investigación que lleva casi siete años, en 138 páginas plagadas de datos producto del recurso del copiado y pegado que permiten los ordenadores en el mundo del siglo 21, claramente se ha violado la exigencia que las decisiones de mérito, deben tener una adecuada fundamentación.
Se ha realizado una construcción muy minuciosa, a partir de receptar conceptos completamente ajenos a la verdadera investigación que debió llevarse a cabo pero que, los hechos lo demuestran, nunca existió, para desviar la atención del analista pretendiendo que se reconoce la gravedad del manejo genocida que efectuaron los miembros del régimen militar instaurado en 1976, pero en modo alguno se acepta que ese régimen asesino y corrupto nunca pudo funcionar en plenitud, si no hubiera sido por la intervención y colaboración de civiles y de miembros de la cúpula eclesiástica, que claramente contribuyeron a coprotagonizar o encubrir apropiaciones, desapariciones, detenciones ilegales y aplicación de tormentos, así como apropiación de recién nacidos para privarlos de su identidad, entre un gran cúmulo de atrocidades imposibles de enumerar de manera completa, sostiene el escrito.
El documento firmado por el abogado Rodríguez refuta uno a uno los argumentos utilizados por Ercolini para el sobreseimiento. No salgo de mi sorpresa al leer que Lidia Papaleo habría contado con adecuado asesoramiento para suscribir los contratos de transferencia de acciones. La primera pregunta obligada: ¿de dónde sacan semejante afirmación infame? ¿Cuál es la forma de analizar empleada, para dejar de lado que Papaleo concurre a las instalaciones de La Nación bajo presión por posibles consecuencias dañosas para ella y su hija, corroboradas por las palabras de Magnetto? ¿Por qué el magistrado descree de la versión acerca de una firma sin poder leer siquiera el texto? Tal vez por los testimonios falsarios a los que da preeminencia? Si así fuere, se impone dejar sin efecto tales conclusiones y nulificar lo actuado en esta providencia apelada.
Además, cuestión el peritaje económico que concluyó que no hubo venta a precio vil de la empresa. Siempre sostuve que, si alguien no quiere vender algo, aún cuando quien lo compre lo pague a un precio varias veces superior al de mercado, pero lo compra a punta de pistola y contra la voluntad del vendedor, el acto está completamente viciado de nulidad.
Aquí no se compró a punta de pistola pero sí con conductas equivalentes. Y para asegurar la tropelía, se secuestró a los vendedores para llevar adelante los actos jurídicos necesarios para consumar el despojo.
El fallo de Ercolini pasará ahora a revisión de la Cámara Federal porteña.
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