La Cámara Federal de Casación Penal concedió la prisión domiciliaria a un condenado acusado por delitos gravísimos, incluso violación sexual de una mujer. El tribunal, en un fallo dividido, sostuvo que “resulta imperioso remitirse al principio de humanidad de las penas y la consecuente prohibición de penas y tratos crueles, inhumanos y degradantes”. Sobre el imputado pesan dos condenas, a 22 y 18 años de cárcel, y una tercera causa en la que está acusado –entre otros delitos- de haber ultrajado a una víctima.
Hijos Rosario expresa su repudio frente a la decisión adoptada por los jueces Mahiques y Yacobucci de la Sala II de Casación, que favorece la prisión domiciliaria al genocida Julio Héctor Fermoselle, condenado a 18 y 22 años de cárcel en dos juicios de lesa humanidad. pic.twitter.com/2QPk7mePsL
— H.I.J.O.S. Rosario (@HIJOSRosario) November 30, 2020
El fallo, firmado por los jueces Carlos Mahiques y Guillermo Yacobucci, benefició al ex policía de Rosario Julio Héctor Fermoselle, quien operaba –según sobrevivientes de la dictadura- con el seudónimo de “Darío” en el Servicio de Inteligencia que funcionaba en el centro clandestino de detención y torturas que funcionó en la ex Jefatura de Policía de la Provincia de Santa Fe durante la dictadura.
El 7 de agosto pasado, el Tribunal Oral Federal 2 de Rosario había rechazado el pedido de prisión domiciliaria de la defesa oficial de Fermoselle en una de las tres causas aún abiertas. En una ya había obtenido el beneficio, no obstante lo cual siguió detenido en el pabellón de lesa humanidad de la cárcel de Ezeiza.
Fermoselle insistió, argumentando que tiene 70 años y padece “hipertrofia leve del ventrículo izquierdo, sin repercusión hemodinámica y con función ventricular conservada, hiperplasia prostática benigna y Dislipemia con hígado graso”, además de “una glucemia levemente aumentada y un deterioro cognitivo leve”.
Su defensa argumentó a fines de julio, cuando inició el reclamo de prisión domiciliaria, que en su lugar de detención se habían registrado 11 casos de Covid-19 y una muerte, además de “la falta de debida atención medica de sus patologías de salud”.
“Se ha reducido la presencia de personal médico en el sector de adultos mayores y la atención extramuros se ve resentida atento a la restricción de atención en los efectores públicos por su acatamiento a los protocolos sanitarios vigentes”.
Sin embargo, su situación carcelaria dista mucho de ser hacinamiento, con el consecuente incremento del riesgo de contagio: el pabellón en el que está alojado tiene capacidad para 249 reclusos pero sólo permanecen allí 99 personas.
El juez Alejandro Slokar votó en contra de la domiciliaria e, incluso, el fiscal Raúl Omar Pleé, se opuso a la morigeración del encierro.
Entre los múltiples delitos de lesa humanidad por los que está acusado Fermoselle figuran “los tormentos (bajo la modalidad de sometimiento y abuso sexual) de Esther Eva Fernández”, quien tenía 23 años en 1976, cuando fue secuestrada por primera vez y militaba en la Juventud Universitaria Peronista (J.U.P.).
“Fue privada ilegalmente de su libertad en fecha 26 de agosto de 1976 y alojada en el Servicio de Informaciones de la ex Jefatura de Policía de Rosario, donde fue víctima de tormentos. Luego, casi un mes después de su efectiva detención fue arrestada a disposición del PEN. En noviembre de ese año fue trasladada a la Alcaidía y, a los pocos días -el 15 de noviembre de 1976- al penal de Devoto. Su arresto cesó el 22 de diciembre de 1976 y salió en libertad, para ser nuevamente detenida –según lo declaró- en febrero o marzo de 1977, ocasión en que tuvo lugar su prolongada segunda estadía en el Servicio de Inteligencia durante todo ese año para, finalmente, recuperar definitivamente su libertad en 1978”.
Allí, según el procesamiento dictado por el juez federal de Rosario Marcelo Bailaque, padeció los vejámenes por los que está acusado Fermoselle.
Miguel Angel Ciancio
21 April 2023 - 12:37
En tanto no se barra y encarcele a los Mahiques, estas basuras que coparon el poder judicial seguiran jodiendo nuestras vidas