Una de las últimas medidas de Mauricio Macri en la presidencia fue para favorecer a unos 3000 funcionarios políticos: mediante el decreto 788/19 no dudó en modificar el régimen para funcionarios jerárquicos del Estado otorgándoles estabilidad por cinco años. Alberto Fernández lo suspendió este sábado mediante otro decreto, el 36/19, ya que “resulta necesario un análisis y control pormenorizado de la legalidad” como había anunciado previamente, señalando que se trataba de una “picardía”.

La nueva norma, con la firma del presidente y del jefe de Gabinete Santiago Cafiero, por un lado suspende por tres meses el decreto N° 788/19 y, por otro lado, “convoca a la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional, a reunirse dentro de los próximos 90 días”. Y aclara que en ningún caso, la prórroga de las designaciones podrá exceder el 31 de marzo de 2020.

Asimismo instruye a los ministros, ministras, secretarios y secretarias de la Presidencia de la Nación, autoridades superiores de organismos descentralizados, empresas y sociedades del Estado de la Administración Pública Nacional, “a revisar los procesos concursales y de selección de personal”.

En su momento, tanto ATE como AGAE (el gremio de los abogados) habían criticado el decreto de Macri porque intentaba «colonizar» el Estado y por alterar “de manera grave el derecho a la carrera que consagró la Constitución Nacional y los tratados internacionales”. En esa línea, entre los considerandos se analiza que la implementación del decreto firmado por Macri implicaría “una disrupción y una desigualdad en la carrera del personal de la administración pública”, al tiempo que no se “constataría una relación razonable con las escalas salariales” vigentes.

Por lo anterior, el nuevo decreto señala que si la designación de funcionarios jerárquicos contraría alguna normativa, “podrán ser declaradas nulas, cualquiera sea el tiempo transcurrido, sin perjuicio de la validez de los actos y de las prestaciones cumplidas durante el ejercicio de sus funciones”. Al declararse nulo el decreto, no se deberían pagar las indemnizaciones por cinco años que había estipulado arbitrariamente Macri en su decreto.

Además, el artículo 7 dispone la revisión de las contrataciones de personal “efectuadas en dichos ministerios u organismos, durante los últimos tres años”. Además, las autoridades deberán “reportar los avances” de las acciones instruidas en el decreto mediante un “informe sobre la oportunidad, mérito y conveniencia de los cargos autorizados a concursar y los contratos celebrados”.