La Cámara Federal porteña aceptó que una ONG integrada por dirigentes de Juntos por el Cambio que nunca se había interesado en la causa conocida como Ruta del Dinero sea tenida por “querellante” y, de esa manera, reabra la causa en la que el fiscal Guillermo Marijuán, después de una década de investigación (perforando parte de la Patagonia en busca de dinero enterrado) resolvió el sobreseimiento de la vicepresidenta, Cristina Fernández de Kirchner.
Los jueces Mariano Llorens y Pablo Bertuzzi aceptaron que una entidad que no era parte del expediente, que jamás se presentó a lo largo de una década que insumió la investigación y que sólo pidió ser tenida como querellante después de que el juez Sebastián Casanello –a instancias de Marijuán, la UIF y la AFIP- dictara la declaración de inocencia de la vicepresidenta.
El fallo establece un precedente de extrema peligrosidad para la seguridad jurídica en la Argentina, esa que tanto mencionan sectores ultraconservadores de la política y del Poder Judicial. El teorema podría definirse así: “Cuando un fallo no le guste a una de las partes, fórmese una ONG que proclame la lucha contra la corrupción y aunque nunca haya participado en el expediente tendrá derecho a apelar. Si el acusado es afín a la ideología de los jueces, el planteo será rechazado. Si, en cambio, no le cae en gracia a los magistrados, entonces continuará la persecución judicial”.
Sistemáticamente organizaciones defensoras de los derechos humanos, otras ONG e incluso diputados y senadores que invocan la representación que tiene por mandato popular emitido a través del voto son rechazados como “parte” en los expedientes. En algunos expedientes, claro.
Al abogado que denunció penalmente el viaje de jueces, espías, funcionarios porteños y empresarios (“los Huemules”) al Lago Escondido, Marcelo Hertzriken Velasco, no sólo lo rechazaron como querellante sino que le hicieron pagar de su bolsillo las costas de su pretensión en dos instancias judiciales.
La doble vara judicial nunca fue tan impúdica.
Bases Republicanas de Juntos por el Cambio
Tiempo publicó en su edición del 11 de junio pasado que “la Cámara Federal porteña tiene la llave para mantener viva la causa. La decisión está en manos de los jueces Pablo Bertuzzi, Mariano Llorens y Eduardo Farah. La hipótesis sería disparatada si el escenario no fuera Comodoro Py, donde –como en la vieja serie televisiva ‘La Dimensión Desconocida’- todo es posible.
Cuando el sobreseimiento se encaminaba a adquirir fuerza de ‘cosa juzgada’, de la nada apareció una ignota asociación civil vinculada con Juntos por el Cambio, específicamente con la precandidata presidencial del PRO Patricia Bullrich, y pidió ser aceptada como querellante para resistir el cierre de la causa.
Se trata de Bases Republicanas, cuya presidenta (en uso de licencia) es la diputada de Juntos por el Cambio y consejera de la Magistratura Jimena De la Torre. Entre sus fundadores y directivos aparece Pablo Nocetti, ex mano derecha de Patricia Bullrich en el Ministerio de Seguridad, de activa participación en los sucesos que rodearon a la desaparición y posterior muerte de Santiago Maldonado y el asesinato del representante de la comunidad mapuche Rafael Nahuel.
La presentación está firmada por quien hoy ejerce la presidencia, Valeria Viola, hija de la ex dirigente de la UCEDE en los 90 y funcionaria durante el gobierno de Carlos Menem, Adelina D’Alessio de Viola”.
Aquel artículo luce ahora como profético.
La argumentación contra Cristina
El voto del camarista Llorens reconoce que Bases-Asociación Civil pidió ser tenida como querellante para apelar el sobreseimiento mediante un e-mail. “Remitió un correo electrónico al juez, con una petición titulada ‘Se presenta como querellante. Se opone al sobreseimiento. Se declare la nulidad del dictamen fiscal. Solicita medidas procesales’” y así, sólo con eso, consiguió reabrir la causa.
¿Cuál fue el fundamento de Bases para la presentación? La propia organización lo explicó: “se efectuó entonces la presentación, especialmente al advertirse por noticias públicas que, pese al enorme cuadro probatorio existente, se pretendía excluir del proceso a la ex- Presidente de la Nación, Cristina Elizabet Fernández de Kirchner generándose un hecho de impunidad contrario al mandato constitucional y a los pactos internacionales”.
La Cámara avaló algo que está expresamente prohibido en la legislación argentina: el derecho penal de autor. Bases se opuso –tardíamente, además- a una decisión de un fiscal y un juez sólo porque la imputada es una rival política, con nombre y apellido. No hay, ni hubo, una sola presentación de la ONG ante los sucesivos sobreseimientos de otros dirigentes políticos, especialmente de Juntos por el Cambio, dispuestos en los últimos años por los tribunales de Comodoro Py. El objetivo social declamado, la “lucha contra la corrupción”, tiene nombre y apellido. No se persigue un “acto” sino a una persona por su calidad y condición.
El camarista Eduardo Farah había intentado poner un poco de racionalidad a la decisión: “no están dadas las condiciones que fija la ley para que la solicitante sea tenida por querellante”.
Pero el camarista Mariano Llorens señaló que el “objeto social” de Bases es “la prevención y lucha contra la corrupción. Y resolvió que “estas características que definen a la víctima en el bien jurídico protegido y la legislación, la alejan de su concepto abstracto para obligar a los operadores a tener presente que las víctimas de esas conductas o atacadas o lesionadas por ellas, son personas de carne y hueso (es una discusión concreta)”.
Incluso reinterpretó (casi que tergiversó) al penalista y sociólogo noruego Nils Christie en la justificación de su postura.
Casi como una confesión, Llorens subrayó que “esta labor ‘aislada’ de la asociación presidida por Viola es la última ocasión que tienen los habitantes de la República para verificar el alcance que tiene esta denuncia”.
Llamado a desempatar, el camarista Bertuzzi se citó a sí mismo para considerar que “resulta procedente la constitución como parte querellante de la asociación en supuestos en los cuales se ven conculcados derechos colectivos fundamentales de la sociedad en general, en la medida en que el objeto social de la organización de que se trate abarque la defensa y protección de tales garantías y que ello guarde relación con las particularidades de los hechos investigados”.
Bertuzzi resaltó que “Bases tiene como objeto -entre otros- fomentar la lucha contra la corrupción, incluyendo la posibilidad de constituirse como querellante en procesos como el presente con el fin de proteger los principios, valores y derechos colectivos que se encuentran protegidos y consagrados en la Constitución Nacional y en los Tratados Internacionales con jerarquía constitucional”.
Mezcla rara de militancia, sofismas y Justicia tuerta.