El caso de Alika Kinan es histórico por muchas razones. Fue el primero en el que una víctima de trata de personas con fines de explotación sexual querella a los proxenetas, logra que se condene penalmente a los tratantes y que el Estado, en este caso la Municipalidad de Ushuaia, deba pagar una indemnización a modo de reparación.
La Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal acaba de confirmar la condena de siete años de prisión impuesta a Eduardo Montoya por el delito de trata agravado por la pluralidad de víctimas.
«Este fallo es sumamente importante porque sienta un precedente, que se consiguió gracias al testimonio en particular de dos víctimas que pudieron hacer escuchar sus voces en el juicio oral», explica Marcela Rodríguez, coordinadora del Programa de Asesoramiento y Patrocinio para las Víctimas del Delito de Trata de Personas de la Defensoría General de la Nación, y quien representó a Kinan en todas las instancias. Ella y la testigo F.A.R. declararon que los funcionarios municipales acudían frecuentemente al prostíbulo Sheik. «La decisión de Casación es trascendental porque no sólo condena a los tratantes sino que sienta un precedente fundamental respecto de la responsabilidad del Estado municipal, que actuó como un verdadero Estado proxeneta.»
En efecto, la sentencia del máximo tribunal penal pone el énfasis en el deber de garantizar el derecho de reparación a las víctimas de trata. Para los camaristas, quedó acreditado que durante el allanamiento del lugar, el 9 de octubre de 2012, siete mujeres habían sido captadas, trasladadas y acogidas en Sheik con el propósito de explotarlas sexualmente, lo que se concretó en todos los casos y abusando de la condición vulnerable de las víctimas. Los jueces Ángela Ledesma, Alejandro Slokar y Ana María Figueroa determinaron que la Municipalidad fue responsable de habilitar el comercio donde Kinan, F.A.R. y las demás víctimas fueron explotadas sexualmente, bajo el rubro «club nocturno», generando un riesgo de afectación a sus derechos. «