El Síndrome de Alienación Parental (SAP) es una teoría acuñada en 1985 por el psiquiatra estadounidense Richard Gardner para defender a sus pacientes acusados de abuso sexual infantil. Según Gardner, el testimonio del niño pudo haber sido inducido a causa de la alienación que uno de los progenitores ejerció sobre él. De esta manera, el SAP sostiene que la madre utiliza al hijo en el marco de una separación controvertida, para sacar algún tipo de rédito económico, por despecho o por venganza. Loca es el calificativo común que muchas mujeres reciben en este contexto.
No hubo lugar para la teoría del SAP cuando el Tribunal Oral en lo Criminal Nº 1 de La Plata condenó, la semana pasada, al DJ Jorge Cristian Martínez Poch a la pena de 37 años de prisión por haber abusado sexualmente de sus dos hijas de 7 y 8 años, y de su ex pareja, Vanessa Rial.
Pese a este fallo ejemplar, un relevamiento realizado en la Ciudad de Buenos Aires por la asociación civil Hamartia, sobre 40 casos de madres de entre 25 y 50 años que denunciaron judicialmente abuso sexual infantil, arrojó que en más de un 95% los imputados obtuvieron un sobreseimiento y que en más del 75% se evidencia que la decisión de dejar libre al abusador está basada o tiene una fuerte apoyatura en la teoría de Gardner, ya que en la mayoría de las resoluciones se alega que la madre despechada y vengativa ha implantado un discurso en contra del progenitor y que, ante tal lavado de cerebro, los niños fabulan el abuso. La idea es la de revancha, como equívocamente tituló el diario Clarín el día siguiente a la sentencia a Martínez Poch.
La instalación de la creencia sobre las falsas denuncias daña a las víctimas y perfora los procedimientos llevados adelante en el ámbito judicial. Habría que preguntarse dónde está puesto el interés del tribunal, expresa y se pregunta el informe de la ONG. Los abusadores y parte del Poder Judicial cabalgan sobre la idea de las falsas denuncias. Dicen que, porque están locas, las mujeres denuncian. Nosotros decimos que, porque denuncian, las tratan de locas, agrega Julián Saud, presidente de Hamartia.
Estas situaciones uno las vive como personales, como víctima dice Saud, mientras señala con su lapicera la foto de Hebe de Bonafini que ilustra una nota de Tiempo. Veo a las Madres y la vinculación con ellas es ineludible: también fueron tratadas de locas. Pero ojo: si bien son las madres las que denuncian a los padres, nosotros no decimos que las madres son sinónimo de amor. Obviamente, consideramos que el tema del abuso sexual infantil también está inmerso en la lucha que tienen que dar las mujeres para ser escuchadas. Pero no manejamos la lógica madres buenas-padres malos. Nosotros estamos hablando del niño.
El informe de esta ONG también expresa que en la Argentina, más allá de los últimos avances legislativos (como la sanción en 2005 de la Ley Nacional 26.061 de Protección Integral de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes, y la Ley 26.485 de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres), las decisiones judiciales ponen en evidencia que los procedimientos llevados a cabo por los funcionarios del Poder Judicial vulneran los derechos de las víctimas de abuso sexual infantil y de sus madres protectoras.
Según el manual Abuso sexual en la infancia, guía para orientación y recursos disponibles en Ciudad Autónoma de Buenos Aires y Provincia de Buenos Aires, editado por la Fundación para Estudio e Investigación de la Mujer (FEIM), fueron denunciados 1762 casos de violencia sexual contra niños, niñas y adolescentes en la Oficina de Violencia Doméstica (OVD) entre 2008 y 2014. Además, el Programa Las Víctimas contra las Violencias detectó, en 2012, 540 niños y niñas víctimas de violencia sexual. Las cifras por denuncias de abuso sexual infantil son muy elevadas, y se estima que en sólo el 30% de los casos se realiza una denuncia judicial, dice el estudio de Hamartia.
El calvario que vive una mujer que denuncia que su hijo fue abusado es conocido como ruta crítica por la Organización Mundial de la Salud. El informe sostiene que, cuando se trata de una denuncia por abuso sexual infantil, el procedimiento judicial revictimiza y se concentra más en investigar a las víctimas que al presunto perpetrador del delito. Así se lo anticipó a una madre el defensor público de menores e incapaces Atilio Álvarez: Mirá que después se te viene toda la maquinaria en contra.
Si bien Saud sostiene que demostrar un caso de abuso sexual infantil, si no tenés pruebas de ADN, es muy difícil, cuestiona la falta de sentido común del Poder Judicial. Reclama instalar medidas de fondo, como educación sexual desde la primera infancia para todos los pibes, porque si tuvieran elementos para poder hablar, podrían denunciar esto. Reafirma que la clave es poner al niño en el centro de la discusión para que la Justicia determine que el pibe sufrió un hecho, para que determine quién fue, para que lo proteja y lo entienda como sujeto de derecho. «
Martina, presa de un laberinto judicial
Martina Mendelevich denunció al padre de su hijo por abuso sexual. Cuenta los detalles que dio su hijo el 9 de mayo de 2013, cuando tenía dos años y diez meses. Ella hizo la denuncia cuatro días después. Ya intervinieron en la causa juzgados, fiscalías y defensores de menores, se dictó una restricción de acercamiento del progenitor tanto hacia el chico como a la madre, se le hizo una pericia médica en el Garrahan y una Cámara Gesell «en la que mi hijo no habla, pero sí realiza acciones contundentes que dan indicios de haber sufrido abuso sexual», dice Martina. «Con todo esto, el juez Marcelo Conlazo Zavalía decreta el procesamiento sin prisión preventiva del progenitor por considerarlo prima facie autor penalmente responsable del delito de abuso sexual gravemente ultrajante agravado por el vínculo en perjuicio de mi hijo. Pero él apela y los jueces decretan la ‘falta de mérito’, y solicitan un informe del Cuerpo Médico Forense acerca de si ‘un palo de esas dimensiones puede no causar lesiones’. Se fija un nueva Cámara Gesell pero la suspenden por ‘no contar con personal y por ser revictimizante’ para mi hijo, y desde la Fiscalía N° 10 citan a la coordinadora infanto-juvenil forense, María Elena Chicatto, quien declara haciendo alusión al falso SAP sin conocerme a mí ni a mi hijo. El fiscal Julio A. Roca, de la misma fiscalía, solicita el sobreseimiento basándose únicamente en el relato de Chicatto y desestimando por completo todas las otras pruebas con las que, meses atrás, el juez había dictado el procesamiento. El 30 de junio último, la jueza Yamile Bernán sobreseyó al abusador». Martina apelará.
«Que los pibes sientan que les creen»
El 26 de agosto de 2014, Miriam García denunció a su hermano por abuso contra su hijo de ocho años. Hoy tiene once y está internado en Casa Cuna, por un intento de suicidio. La causa, ahora archivada, se lleva en San Martín con una denuncia al fiscal, «porque me dijo que no iba a hacer nada», narra Miriam, y comienza el relato del horror: «Mi hermano abusó de mi hijo en el Cementerio de San Martín, en la bóveda donde estaba el cuerpo de mi viejo muerto ocho días antes. Todos los casos de abuso son terribles, pero el de mi hijo fue macabro. Lo tengo vivo de milagro. A mí me llevó por delante con el auto, y nunca fue indagado ni detenido. No tiene orden de restricción ni estuvo siquiera demorado en una comisaría. Si el Poder Judicial hiciera lo que tiene que hacer, es una causa de dos más dos, cuatro. Nunca le pidieron estudios a mi hijo para saber si tiene lesiones internas.» Luego Miriam cuenta que su hijo le pide que luche para que esto no le pase a nadie más, y reclama: «Quiero justicia, que mi hermano vaya preso y que no le joda la vida a nadie más. Mi única ambición es que los pibes sientan que se les cree».
Freno a una restitución
La procuradora fiscal subrogante ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, Adriana García Netto, dictaminó que corresponde hacer lugar al recurso interpuesto por una mujer contra la restitución de sus hijas al padre, que reside en los Estados Unidos y que es investigado por abuso sexual de las niñas.
El Estado no está obligado a ordenar el retorno de los niños si existe un grave riesgo de que la restitución los exponga a un peligro físico o psíquico, aseveró la funcionaria citando el Convenio sobre los Aspectos Civiles de la Sustracción Internacional de Menores de La Haya y la Convención sobre los Derechos del Niño.