Con un fallo sin precedentes, la Cámara Federal de Comodoro Rivadavia confirmó a principios de esta semana la sentencia en primera instancia por la cual se había puesto un freno a la actividad minera en el área cercana a la Cueva de las Manos en el noroeste de la provincia de Santa Cruz.
“Estamos muy contentos porque consideramos que se reestableció el orden de las leyes que protegían el área, un lugar altamente sensible desde el punto de vista arqueológico y que además se está dando la oportunidad al desarrollo de otro tipo de actividad, también productiva como la turística, donde pueden beneficiarse los vecinos de localidades cercanas”, explicó a Tiempo Teresita Iturralde, la abogada de la Fundación Rewilding Argentina, quien inició la demanda en contra de Patagonia Gold SA.
Esta medida judicial reivindicó el fallo de la jueza Marta Yañez, del Juzgado Federal de Caleta Olivia, había sido apelado tanto por Patagonia Gold como por la provincia de Santa Cruz. “Toda esta área tiene distintas capas de protección de diferentes niveles y jurisdicciones. La Cueva de las Manos es un Sitio Unesco, Patrimonio de la Humanidad, que tiene una protección internacional y a su vez es un monumento nacional que recientemente en el 2019 se aclaró cuáles eran sus límites”, indicó Iturralde, quien precisó que “se incorporó todo el lecho del Rio Pinturas con su Cuenca Media – Alta. Todo esto hoy es monumento nacional y por otro lado es un paisaje protegido provincial por la Ley 3394 y también fue declarado monumento provincial”.
A pesar de estos antecedentes, el conflicto comenzó cuando “desde Patagonia Gold nos avisaron que iban a pedir el cateo dentro de nuestro campo. Después nos enteramos que lo hicieron igual y que entraron sin permiso y tomaron muestras de la zona. Eso se denunció y se le aplicó una multa”, describe la abogada y añade que por “la vía administrativa, la Secretaría de Minería de Santa Cruz, siempre rechazó nuestros planteos. Hay una causa aparte que sigue abierta, por eso hicimos esta presentación a la justicia federal porque pensamos que estaban afectados intereses nacionales, porque la Cueva de las Manos es Monumento Nacional”.
Como se sabe, el lugar da cuenta de la trascendencia cultural y natural de la región noroeste de Santa Cruz, un tesoro arqueológico de los primeros pobladores cazadores recolectores de la zona que demuestra cómo vivían y su relación con la naturaleza hace unos 9.000 años atrás. La riqueza antropológica de los más de 80 aleros con pinturas registrados a lo largo del Cañadón del Río Pinturas tiene reconocimiento provincial, nacional e internacional.
Si bien la Secretaría de Minería de la provincia interpretó que allí se podía llevar adelante un emprendimiento minero, “en el juicio se presentaron distintas pruebas y pericias por parte del municipio de Perito Moreno, la Comisión de Monumentos, la Secretaría de Cultura de Nación y Parque Nacionales que rechazaron ese planteo, por lo que la jueza Yáñez decidió que no se podía realizar por lo menos hasta que se expidiera la Comisión de Monumentos Nacionales”, argumentó Iturralde.
“La presencia de una explotación a cielo abierto en el área podría ser perjudicial para el tipo de actividad que estamos apostando como Fundación, en donde buscamos generar, ampliar y mejorar el destino turístico que hoy existe. Dando mayor oferta de senderos, avistaje de fauna, circuitos, hospedajes, campings, espacios para motorhomes. Este fallo ayuda a que se pueda desarrollar este tipo de turismo”, concluyó la abogada.
Tanto la empresa como la provincia de Santa Cruz tienen unos diez días hábiles, desde lunes pasado, para recurrir a la Corte Suprema. Caso contrario, esta sentencia de la Cámara de Comodoro Rivadavia quedaría firme.