La jueza Cecilia Molica Lourido hizo lugar a la acción de amparo que plantearon los estudiantes por la aplicación, a partir del año 2018, de la reforma educativa “Secundaria del Futuro”, a la que adhirieron padres y docentes patrocinados por el defensor oficial Ramiro Dos Santos Freire.
La implementación de la reforma educativa había dado lugar en setiembre de 2017 a la toma de cerca de treinta establecimientos escolares por parte de los estudiantes secundarios.
Ahora la jueza, en una extensa sentencia de 100 páginas, condenó a Poder Ejecutivo porteño y le dio la razón a los estudiantes secundarios en la mayoría de sus planteos, sosteniendo que la reforma educativa “Secundaria del Futuro” debió ser aprobada por un acto administrativo, imponiendo que el Ministerio de Educación e Innovación lo dicte antes del 1 de julio de 2019.
Asimismo, reconoció que los estudiantes tenían derecho a la información pública del contenido de la reforma, ordenando que el Ministerio brinde en 10 días la información pendiente sobre la infraestructura de los edificios de las escuelas pilotos donde se implementa la reforma, y cuál es previsión presupuestaria para ello.
Además, le ordenó al Poder Ejecutivo que se abstenga de implementar prácticas educativas laborales de carácter obligatorio, en tanto ello viola la ley 3.541 que dispone que tales prácticas deben ser voluntarias.
El punto que les fue rechazado a los estudiantes tiene que ver con su participación en la reforma, ya que si bien la jueza reconoció tal derecho, dio por cumplida la participación estudiantil con las reuniones de las mesas de trabajo que se celebraron en sede judicial.