Tras la denuncia presentada por la Comisión Provincial por la Memoria (CPM), el Juzgado Federal de Junín a cargo de Héctor Pedro Plou, consideró que la exconcejala de la ciudad de Chacabuco Silvia Gorosito cometió el delito de apología al crimen. Explicó que lo hizo cuando celebró -el pasado 24 de marzo- los vuelos de la muerte que fueron protagonizados por la última dictadura cívico-militar.
En esta línea, este diario entrevistó al secretario ejecutivo del organismo provincial interviniente, quien relató los hechos que sucedieron cuando se inicio la causa, brindó detalles sobre la decisión que tomó el magistrado la semana pasada y dejó al descubierto el descargo de la imputada.
Denuncia presentada por la CPM
“El delito en el que se encuentra imputada Gorosito prevé una pena de entre un mes a un año”, detalló Roberto Cipriano García, abogado y secretario ejecutivo de la CPM, a Tiempo. Continuó relatando que desde el organismo “presentamos la denuncia el pasado 24 de marzo cuando la exconcejala celebró en la red social Facebook los vuelos de la muerte, porque fueron crímenes de lesa humanidad y, además, fue una falta de respeto a los familiares de quienes resultaron víctimas”.
La exconcejala publicó una imagen referente a los vuelos de la muerte “en la que se ve un avión y dos cuerpos cayendo al vacío”, recordó el secretario ejecutivo. También le puso la leyenda “Feliz día del Montonero”. Para la misma fecha, pero en 2022, “Gorosito ya había publicado una foto de la primera Junta Militar” con la inscripción “gracias por todo”, reconstruyó.
Descargo de la exconcejala Silvia Gorosito
“Gorosito había argumentado -durante la indagatoria de esta causa- que tras compartir aquella imagen se había arrepentido al instante”, dijo el letrado García. La exconcejala sostuvo que a pesar de que sacó su posteo, “ya había trascendido, que fue compartida en la red social generando repercusión en los diarios de la ciudad de Chacabuco y luego en los medios nacionales”, agregó.
“Nosotros, al momento de presentar la denuncia formal ante la Justicia Federal, expusimos que se trató claramente de una publicación celebratoria de los vuelos de la muerte”, remarcó el secretario ejecutivo. También apuntó que lo cometido “es algo que va más allá del negacionismo, porque reivindica el accionar de la dictadura cívico-militar, los vuelos de la muerte fueron crímenes de lesa humanidad”.
Para mantener el orden público
“La sanción judicial impuesta a la exconcejala por sus manifestaciones es importante, porque pone límites en los discursos públicos, para que los mismos se ajusten a los marcos normativos de la democracia y los Derechos Humanos”, explicó el abogado a este diario. Siguió diciendo que de esta manera “cada persona que haga una publicación de estas características lo va a pensar dos o tres veces”.
“En su momento, la publicación de la exconcejala fue repudiada por nosotros y la Comisión de Memoria y Justicia de la ciudad de Chacabuco, también por todo el arco de organismos de Derechos Humanos, organizaciones sociales y políticas, incluso por su propio espacio político”, recodó el secretario ejecutivo. Finalizó remarcando que en ese momento “presentamos una denuncia al Concejo Deliberante de ese Municipio en la que pedimos que sea apartada del cargo que ejercía y ella terminó renunciando”.
Los argumentos del juez
Héctor Pedro Plou, fundamentó su resolución exponiendo que la mujer “tenía conocimiento de la publicación que efectuó”, además tuvo en cuenta “el carácter público del ámbito en el cual la efectuó -la red social Facebook- y que tuvo la posibilidad de llegar a “un número indeterminado de personas”.
También sumó como agravante “el carácter de funcionaria pública que revestía en ese momento en el Honorable Concejo Deliberante de la ciudad de Chacabuco”, señaló el juez Plou. Además, indicó que el delito que cometió también constituye “una instigación indirecta que lesiona la tranquilidad pública”.
Cabe destacar que la apología del delito en el posteo de Gorosito “ha sido realizada públicamente en el sentido que lo estipula el artículo 213 del Código Penal, sobre que fue dirigida a un número indeterminado de personas”, sostuvo el magistrado.
Las redes sociales de internet, como en este caso Facebook, “es por definición un espacio virtual de interacción que puede realizarse a través de mensajes individuales enviados a uno o varios usuarios seleccionados en particular o a través de publicaciones colectivas que cada usuario realiza en su página o muro”, explicó.
Bajo estos argumentos el juez federal de Junín Plou, decidió dictar el procesamiento de la exconcejala Silvia Gorosito y también le impuso un embargo por 200 mil pesos, que la mujer deberá pagar la semana que viene.