La justicia de primera instancia en Jujuy falló a favor de miembros de una comunidad indígena denunciados por usurpación. Las personas acusadas fueron absueltas y se reconoció la preexistencia del pueblo okloya sobre el territorio en disputa.
La sentencia del Juzgado de Primera Instancia -Nº 7 (Expediente: C-001402/13) “es un fallo ejemplar que reconoce la preexistencia y aplica el marco jurídico de los derechos de incidencia colectiva vigentes a favor de la Comunidad Indígena Tiraxi – Pueblo Okloya, ubicada en el Departamento Dr. Manuel Belgrano de la provincia de Jujuy”, expresaron desde ese pueblo, mediante un comunicado. El litigio había comenzado hace casi una década.
El fallo “pone las cosas en su lugar y exige que se cumpla con las leyes y jurisprudencia reconocidos desde hace 28 años en la Constitución Nacional, 22 años en el Convenio 169 de la OIT y 16 años en ley 26.160”, enumeraron. Y resaltaron que “la comunidad cuenta con personería jurídica otorgada por Resolución 26/INAI, y la Resolución 771 dio por cumplido el relevamiento técnico, jurídico y catastral dispuesto por la Ley 26.160 y reconoce la ocupación tradicional, actual y pública de la Comunidad Aborigen Tiraxi Pueblo Ocloya”.
“Entendemos que es importante (el fallo) porque viene a reafirmar los derechos que tenemos como pueblos preexistentes. Viene a reafirmar todo el marco jurídico reconocido a favor de los pueblos indígenas a nivel nacional e internacional sobre la posesión y la preexistencia”, remarcó Néstor Jerez, cacique okloya, en diálogo con Tiempo. Y agregó: “En este caso, implementando diferentes medidas de privados, terratenientes, testaferros, están buscando despojar parte del territorio comunitario y generando documentación desde 2011 en adelante, cuando nosotros somos preexistentes. Las pruebas lo reafirman. Y la Ley 26.160 juega un rol especial ahí, viene a generar esa prueba de las comunidades”.
“En el territorio donde vivimos desde siempre llegan personas ajenas, privados, testaferros, se instalan y se apropian de parte del territorio y después te denuncian como usurpadores. Hacen papeleo y supuestamente pasan a ser ellos propietarios y las comunidades tildadas de usurpadoras. Es la figura con la que caratulan a las comunidades”, describió sobre una práctica que se repite en distintos puntos del país. “intentan tildarnos de usurpadores a (los miembros de) la comunidad cuando es al revés”, acusó.
Sobre los denunciantes, indicó que son “testaferros vinculados al poder económico. Es la práctica que se hace en diferentes lugares. Seguramente el paso siguiente de ellos será apelar. Estamos a la espera y con la expectativa de que la Cámara reafirme lo que se dijo en primera instancia”. Según Jerez, la comunidad siempre estuvo presente en las parcelas hoy en disputa, usándolas para vivienda y pastoreo.
“Son situaciones que se replican a lo largo y ancho del país. Sabemos que hay antecedentes judiciales y fallos que se han expedido aplicando este marco jurídico rico como pueblo preexistente. Este es uno más de esos pocos, entendiendo que tenemos más de 100 denuncias y judicializaciones en las comunidades tanto en lo penal como civil, en su mayoría por usurpadores”, contó desde Buenos Aires, adonde viajó para impulsar la prórroga de la Ley 26.160, con media sanción en el Senado y extendida por decreto presidencial por el momento. Las Organizaciones de Pueblos Indígenas impulsan además la instrumentación de Ley de Propiedad Comunitaria Indígena y este mes harán el “lanzamiento de la unificación de proyectos de ley de propiedad comunitaria indígena, para impulsar un solo proyecto”.
La Ley 26.160, de Emergencia Indígena, fue sancionada en 2006 y extendida por cuatro años más en 2009, 2013 y 2017. En noviembre de 2021 vencía y su prórroga no fue aprobada a tiempo: sólo obtuvo media sanción en Senadores. Por eso, se avanzó por decreto. Pero las comunidades siguen reclamando que la medida tenga su sostén legislativo. La normativa es una de las herramientas principales de las comunidades para dar batalla en defensa de sus territorios. Según un informe publicado por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación en febrero de 2021, para entonces unas 1756 comunidades originarias habían sido registradas dentro del territorio de la República Argentina e inscriptas en el Instituto Nacional de Asuntos Indígenas. De ellas, 989 ya tenían sus carpetas técnicas, con documentos probatorios sobre sus lugares de pertenencia.