Las imputadas regresaron en avión hasta Asunción del Paraguay y de allí, por vía terrestre y en su propio automóvil, a la capital chaqueña. Fuentes judiciales revelaron a Tiempo que tras las indagatorias la causa quedó enderezada a una imputación por el artículo 203 del Código Penal, que establece para quien “propagare una enfermedad peligrosa y contagiosa” una pena de multa de cinco mil a cien mil pesos cuando “por imprudencia, negligencia, impericia en su arte o profesión o por inobservancia de los deberes a su cargo”. La pena es equivalente a la del homicidio culposo justamente cuando esa conducta causare un contagio que “tuviere como resultado enfermedad o muerte”. Las declaraciones dejaron en claro que ambas mujeres actuaron con “cierta desidia” en su accionar pues “estuvieron cinco días con síntomas y sólo después de ese lapso llamaron a las autoridades”.
En el expediente consta un informe médico que consigna que en las primeras horas, una vez conocidos ambos casos por entonces sólo sospechosos, ocho pacientes dieron positivo al examen de coronavirus. Otros 11 analizados dieron resultado negativo, entre ellos ocho docentes de la Facultad de Humanidades de la Universidad local, donde trabaja la hija de la médica. De acuerdo con lo que surge de la causa, el 6 de marzo ambas mujeres consultaron a una infectóloga pues presentaban “síntomas de resfrío común, tos, odinofagia (dolor de garganta al tragar), fiebre, malestar general y diarrea” desde el 2 de marzo, cuando regresaron desde España como último punto europeo en el que estuvieron «sin que en ese momento ese país estuviese dentro de los países de circulación viral». “Al principio se negaron a brindar los números telefónicos y los datos personales de las personas” con las que había estado en contacto, “entorpeciendo así la investigación de probables casos». Pero en la indagatoria dijeron que nunca imaginaron que estaban contagiadas ni que sus conductas podían infectar a otras personas causándoles incluso la muerte.