«Afortunadamente son cada vez más los médicos dispuestos a garantizar el derecho, pero es un proceso reciente y que se da mayoritariamente en el primer nivel de atención de la salud, en los CeSAC. Cuesta mucho entrar en los servicios de Tocoginecología de los hospitales, donde esos médicos son pocos y están muy presionados. Algunos jefes de esos servicios son objetores de conciencia, no todos por suerte. Pero conocemos casos de jefes que obligan a los residentes, que son la mano de obra que realiza las prácticas, a firmar la objeción», describe Clara Noceti, médica, miembro de la Red de Profesionales de la Salud por el Derecho a Decidir y expositora durante el debate por la legalización del aborto en el Congreso.
La intervención de un grupo antiderechos que intentó impedir que un hospital público porteño garantizara el derecho de una mujer a la Interrupción Legal del Embarazo (ILE) puso en primer plano la sorda contienda que se está librando al interior de los centros de salud, entre los profesionales que procuran hacer cumplir la ley y los que se autodenominan «pro vida».
El caso se dio a conocer el fin de semana pasado cuando el periodista del diario La Nación Mariano Obarrio, suerte de celebridad de los grupos que se oponen a la legalización del aborto, tuiteó desde el ingreso al Hospital Rivadavia, sobre la calle Las Heras, acompañado de una decena de mujeres que mantenían allí una vigilia para impedir que una joven accediera al aborto previsto dentro de las causales establecidas por el artículo 86 del Código Penal, para casos de violación o si existe peligro para la vida o la salud. A la vuelta, sobre Austria, una pintada amenazante ya advertía, en rojo sobre las chapas amarillas de un sector en obra: «Médicos abortistas, se la vamos a cobrar».
La conjura antiderechos había comenzado una semana antes, el domingo 30 de septiembre, cuando el abogado Marcelo Luis Breide Obeid, de fuertes vínculos con el integrismo católico –en sus posteos se dice admirador del sacerdote Julio Meinvielle, ideólogo antisemita y guía espiritual del Movimiento Nacionalista Tacuara en los años ’60–se presentó en la Comisaría 17ª para denunciar que el martes 2 de octubre se iba a realizar un aborto en el Rivadavia y que buscaba «evitar la muerte de la persona por nacer». Su estratagema para no revelar quién, desde adentro del hospital, le filtró esa información, es absurda: declara Breide Obeid en sede policial que el día 28, «en momentos en que se encontraba a bordo de la línea de colectivo 60, le fue dado escuchar mediante frecuencia radial sintonizada por el chofer» que se realizaría esa práctica.
El martes 2, otro abogado «pro vida», Juan Carlos Monedero (h) –fundador de un Frente Cultural Verdad y Acción cuyo lema es «Dios, Patria, Familia»–, aduciendo haberse enterado por los dichos de un «informante», al que tampoco identificó, y por mensajes de WhatsApp de la Red Federal de Misiones, entregó en mesa de entradas una carta para el director del Rivadavia, el doctor Eduardo Fernández Rostello, en la que le advierte que «la muerte del Niño sería su responsabilidad», repitiendo falsos argumentos como que «la aplicación del Protocolo de Interrupción Legal del Embarazo es inconstitucional» y que «los casos de no punibilidad los decreta el juez a cargo de la causa».
El viernes 5, por fin, la Fundación Más Vida –principal impulsora del Partido Celeste– presentó un amparo contra el gobierno porteño para frenar la ILE, que no prosperó. Al cabo, la práctica se realizó, y el fiscal en lo Criminal y Correccional Daniel Pablovsky archivó la denuncia por inexistencia de delito, sosteniendo en su dictamen que «sólo contamos con una apreciación personal que hace una persona que evidentemente se encuentra en contra de la práctica médica del aborto» y que «sin poder fundarlo en ningún dato objetivo, consideró que en un hospital público harían un aborto a una mujer por fuera de la ley».
«Cuerpo a cuerpo»
«En el Rivadavia hay médicos de la Red, aunque no fueron ellos quienes garantizaron la práctica. Hay que cuidarlos. No es un servicio fácil en ese hospital», explica Clara Noceti. «En muchos hospitales a veces hay un solo profesional que garantiza el derecho, o ninguno. Todo es muy cuerpo a cuerpo. Casi siempre depende de cada efector, de quién te toque cuando llegás.»
Esos «informantes» del que habla uno de los abogados «pro vida» provienen de adentro de los hospitales, y constituyen una clara violación del deber de confidencialidad y del secreto profesional del efector médico (ver recuadro). «Muchas veces el flujo de información en los hospitales va en contra del derecho a la protección de los datos de los pacientes. El secreto profesional está puesto en juego permanente, y a partir del voto en contra del Senado y el ensoberbecimiento de los sectores antiderechos, hay información sensible que circula muy fácilmente –agrega Noceti–. Lo de los piquetes no es nuevo, nosotros hemos tenido manifestaciones de antiderechos que entregan en la puerta del hospital folletos con información errónea y fetos de plástico».
Guido Arinci, del área de Salud Mental del Rivadavia y también integrante de la Red por el Derecho a Decidir, señala la inconveniencia de llamar «piquete» a una movida que no buscaba garantizar derechos sino cercenarlos. «Pero esas cinco señoras que fueron a rezar son la estrategia menos dañina de los antiderechos. Lo más grave es violar el secreto médico, lo que debería acarrear responsabilidades legales. Alguien les pasa el dato desde adentro, no sabemos quién o quiénes, no se enteran por obra y gracia del espíritu santo», dice. «La denuncia penal también es una farsa. Dudo que ese abogado viaje en colectivo, y en cualquier caso, ninguna radio va informando cuándo y dónde se van a practicar interrupciones de embarazos. Sólo buscan dilatar los tiempos y extender el sufrimiento de las mujeres, que siga avanzando el embarazo para forzar que llegue a término. Por último, la estrategia más violenta es el amedrentamiento a los personas gestantes dentro de los hospitales. Nos consta que al Rivadavia entraron disfrazados de médicos, para abordar a esta mujer, o sea, para seguir empujando a las mujeres a la clandestinidad. Y las amenazas que buscan crear un clima de temor entre los profesionales.»
Para Arinci, no es casual que el episodio del hospital Rivadavia haya ocurrido horas después de que en el sitio Redsaluddecidir.org se publicara un «recursero nacional», parte de la campaña #ContásConNosotrxs, con las direcciones de todos los hospitales y centros de salud del país donde trabajan los más de 1400 miembros de la Red. No figura ningún hospital porteño, sólo los CeSAC. «Ocurre –explica Arinci– que el 80% de las ILE se garantizan en el primer nivel de atención hasta la semana 12, después ya no es una práctica ambulatoria e interviene el hospital.» «
Violación de la confidencialidad
¿Cuál es la responsabilidad jurídica de las personas que intentaron impedir una intervención médica habilitada por la ley vigente? Para Paola García Rey, directora de Protección y Promoción de Derechos Humanos de Amnistía Internacional Argentina, «la mayor responsabilidad que identificamos es la del hospital, porque si bien no hay un nombre y apellido de quién dio a conocer la información, hubo una violación del deber de confidencialidad y del secreto profesional del efector médico. La historia clínica de una persona es un documento público de carácter privado circunscripto a la relación médico-paciente, al que no pueden acceder terceros ajenos a esa relación».
La Ley 26.529 de Derechos del Paciente en su Relación con los Profesionales e Instituciones de la Salud es la que regula la confidencialidad de las historias clínicas a nivel nacional, y es la que habría infringido la persona que filtró el dato sobre la ILE que se iba a practicar.
Amnistía y otras organizaciones enviaron una carta al director del Rivadavia, saludando que la práctica se haya llevado adelante, pero requiriendo saber qué medidas se tomarán para que esto no vuelva a ocurrir.
Respecto de la responsabilidad individual de las personas que estaban apostadas fuera del hospital, incluido el periodista Obarrio, «hay discusiones más sutiles y diversas interpretaciones del Código Penal –explica García Rey–. Desde Amnistía procuramos no fomentar el uso de herramientas del Derecho Penal para sancionar este tipo de conductas. Distinto es el caso del abogado que realizó la denuncia en sede policial. Entendemos que le podría caber alguna responsabilidad y estamos evaluando hacer alguna presentación ante el Colegio Público de Abogados, en la medida en que estaba llamando a infringir la ley. En este caso no llegó a revelarse el nombre de la paciente y se garantizó su derecho, pero este tipo de denuncias puede desatar procesos judiciales que perjudican a la mujer, estrategias dilatorias como las que solían darse antes del fallo F.A.L. de la Corte Suprema, de 2012. Ahora las reglas son claras. La ILE debe ser practicada por el equipo de salud sin intervenciones adicionales innecesarias, sean médicas, administrativas o judiciales. El mandato de no judicialización implica que con la intervención de un médico es suficiente para decidir si el caso se encuadra en las circunstancias que legalizan la interrupción; y que no se debe dar intervención a organismos judiciales o policiales».