El artículo 558 del Código Civil y Comercial de la Nación establece que “ninguna persona puede tener más de dos vínculos filiales, cualquiera sea la naturaleza de la filiación”. Sin embargo, el abanico de las diversidades familiares es mucho más amplio de lo que establece esa normativa. Poco a poco, se suman los fallos a favor del deseo de niños, niñas o adolescentes de portar más de dos apellidos. Porque las crianzas no siempre responden a un formato binario.
El último caso que trascendió fue en Córdoba. El Juzgado de Familia de 3° Nominación de esa ciudad accedió al deseo de una adolescente que quería portar el apellido de quien fuera su progenitor “afín”, además de los de su madre y padre biológicos. La magistrada Julia Rossi declaró la inconstitucionalidad del artículo 558 y priorizó el interés de la joven.
“En el presente son padre e hija por elección y se prodigan mutuo afecto y ello es la base de su relación familiar, que no puede ser desconocida por la sociedad ni por el Estado y menos aún por esta magistratura”, expresó la jueza. Además, permitió a la adolescente elegir el orden de esos apellidos en su documento. En primer lugar quedó la ex pareja de su mamá, progenitor ‘afín’ de la menor. Para la magistrada Rossi, ese vínculo “ha surgido del afecto genuino que se prodigaron sostenidamente durante más de dieciséis años, y esta relación humana merece reconocimiento legal”.
Desde un abordaje con perspectiva de infancia, la jueza destinó un apartado de la sentencia para dirigirse directamente a la adolescente, con terminología clara. “De todo esto nos quedó muy claro que vos también querés ser la hija de E. M. M. porque durante muchos años han logrado formar, construir y sostener un verdadero vínculo de padre e hija fundado en el amor que también pudimos ver y sentir todos», le escribió.
Previamente, se habían conocido casos en Orán (Salta) y Río Gallegos (Santa Cruz). El caso salteño fue pionero. La jueza en lo Civil de Personas y Familia de Orán, Ana María Carriquiry, dictó la primera sentencia de triple filiación en esa provincia. Lo hizo en el marco de una causa donde un niño cuya mamá acababa de fallecer podría llevar los apellidos de sus padres biológico y de crianza. Semanas atrás, en diálogo con este diario, la magistrada analizó por qué se mediatizó su resolución en ese caso: “Creo que la sociedad se sintió identificada con situaciones similares. Calladas. Arrasadas por la propia justicia. Que muchas veces no se pudieron hablar. Hubo gente de 70 años que me escribió diciendo ‘fui víctima de una justicia que no supo mirar’. Esto no es de hoy. La Corte Interamericana dijo a los estados parte que no hay un solo modelo de familia. No puedo dictar sentencia sobre lo que yo considere como modelo de familia. Creo que lo que hizo tanto ruido fue el silencio de décadas enteras donde se dice ‘cumplo con la ley; si muere la madre y hay un padre violento, igual el chico va para allá’. Ahora están abriendo más los ojos”.
Esas postales diversas de las realidades familiares impulsaron a la senadora sanjuanina Cristina López Valverde, del bloque Frente Nacional y Popular, a presentar un proyecto de ley para regular los casos de triple filiación. La iniciativa, formalizada hace dos semanas, ya está en comisiones, a la espera de ser tratada.
“Esto tiene que ver con casos que han surgido en la realidad. No son abundantes, pero son significativos. En Salta, en el Sur, en Córdoba. Este proyecto tiene por objeto regular la triple filiación y que una persona pueda tener tres apellidos. Por el Código Civil actualmente hacer esto es inconstitucional. Porque la ley contempla dos apellidos, una fórmula binaria. Hasta el momento depende del criterio del magistrado”, dijo la senadora a Tiempo.
Para López Valverde, la clave está en el interés superior de niños, niñas y adolescentes. “Hemos firmado la Convención del interés superior de NNyA y aquí lo que prima es esto. Que sean escuchados, que sean contenidos. No es usual, no se da todos los días que se pida la triple filiación. Pero cuando se pide hay motivaciones muy profundas que tienen que ver con el acompañamiento, un vínculo de mucho amor que lleva a que alguien solicite esto. Y tiene que ver con formas de familia nuevas”.
Hasta ahora, los casos que trascendieron con fallos a favor tienen que ver con el accionar de juezas que resolvieron con perspectiva de infancia. Pero esa no es la regla. “Hoy en día tienen que recurrir a la justicia para que se admita. Es un trámite largo y oneroso. Esto (el avance del proyecto) permitiría que jueves y juezas puedan fallar en clave de Derechos Humanos. Orán, Río Gallegos y Córdoba son los que han tenido fallos positivos, pero hay jueces que no”.
López Valverde plantea un ejemplo: “Si una mamá quedó viuda cuando si niño era muy chiquito, y el nene tenía dos apellidos (materno y paterno) pero una tercera persona –nueva pareja de la madre- lo contiene, juega con él, lo cría. Si en un momento desea llevar su apellido, ¿por qué declararlo inconstitucional? El proyecto obedece a este tipo de relaciones. Hay que darle oportunidad a este adolescente o joven a escucharlo, entenderlo y contenerlo desde el Estado. La realidad avanza muy rápido, las leyes tienen que estar ajustadas a la realidad”.