El juez Germán Castelli le dio por cumplida la probation al músico Gustavo Cordera y lo sobreseyó de las acusaciones de “incitación a la violencia colectiva” por haber dicho, durante una charla con alumnos de periodismo en 2016, que “hay mujeres que necesitan ser violadas para tener sexo porque son histéricas y sienten culpa por no poder tener sexo libremente».
Cordera cumplió durante un año y medio con todas las pautas que le impuso el tribunal al concederle la “suspensión del juicio a prueba”, lo que incluyó un video subido a redes sociales en el que públicamente pidió disculpas por sus expresiones, formuladas durante una charla con alumnos de la escuela de periodismo TEA.
El fallo, al que tuvo acceso Tiempo, tuvo por cumplida la probation y dispuso “sobreseer a Gustavo Edgardo Cordera del hecho calificado como incitación a la violencia colectiva, habiéndose acreditado el cumplimiento de la totalidad de las reglas de conducta impuestas”.
El propio juez Castelli, como integrante del tribunal oral federal número siete, había concedido el 1º de abril de 2018 la probation a favor de Cordera, lo que en los hechos implicó que evitara el juicio en el que podía haber sido condenado a una pena de hasta seis años de prisión.
El artículo 212 del Código Penal establece que “será reprimido con prisión de tres a seis años el que públicamente incitare a la violencia colectiva contra grupos de personas o instituciones, por la sola incitación”.
Cordera se había comprometido, entre otras cosas, a “abstenerse de hacer declaraciones públicas que explícitamente promuevan, naturalicen o legitimen la violencia sexual contra las mujeres”, además de “realizar el curso de capacitación Taller de Conversaciones sobre Género y Cultura, parte del programa Talleres de Probation en el marco de la Justicia Restaurativa”, “una retractación y pedido de disculpas”, “grabar en formato audio-video, publicar en sus redes sociales, y aportar el soporte a esta sede con el fin de ser agregado al expediente”.
Además, debía realizar “dos recitales acústicos, uno a beneficio de la Asociación Civil Red Viva y otro de la/s asociación/es o fundación/es que las autoridades del Instituto Nacional de las Mujeres estimen conveniente”, en los que “deberá brindar un espacio de 15 minutos a algún miembro de esas organizaciones para que pueda dar un mensaje al público que promueva la concientización colectiva de la problemática de género”.
Cumplió con todo, según determinó el tribunal, que actuó bajo la modalidad unipersonal. Castelli entendió que “se dan en la especie los presupuestos normativos que habilitan al dictado de una resolución extintiva de la acción penal”.
La decisión fue avalada por la fiscal Guillermina García Padín.
El cumplimiento de la probation implica que Cordera se libró de la posibilidad de que pesen sobre su historial algún tipo de antecedentes penales por esta causa.