La Cámara del Crimen desprocesó y dejó en libertad a una mujer acusada de haber intentado asesinar a su marido porque entendió que pudo haberse defendido de una agresión, en el contexto de violencia de género intrafamiliar.
“Se encuentra comprobada la situación de violencia que se suscitaba entre ambas partes en el marco de la cual los hijos que tienen en común también se encontraron involucrados”, sostuvo el fallo.
Los hechos ocurrieron en la noche del 9 al 10 de octubre pasado. El hombre ingresó esa madrugada al Hospital Argerich trasladado por el SAME con “herida punzo-cortante en hemitórax izquierdo a nivel del cuarto espacio intercostal paraesternal izquierdo que perforó el ventrículo izquierdo y una lesión a la misma altura en cara posterior derecha del tórax”. Fue intervenido quirúrgicamente e internado en terapia intensiva.
El matrimonio estaba separado, pero volvieron a convivir porque, por la pandemia, la mujer no pudo continuar pagando el alquiler de la vivienda que habitaba con sus hijos y debió volver al hogar que compartían antes de la ruptura del tortuoso vínculo.
La violencia recrudeció y aquella noche orilló la tragedia definitiva. “Es posible advertir que la necesidad de repeler la agresión por parte de la mujer”, sostuvieron los camaristas Ricardo Pinto y Hernán López.
“La propia imputada manifestó que no entendía bien como había pasado, que su pareja tenía el cuchillo en la mano, luego forcejearon y después no recuerda que más pasó pero que tenía mucho miedo”.
Según se determinó en el expediente, la mujer “sufría violencia por parte del damnificado desde hacía tiempo atrás, sumado a que tuvo que volver a convivir con él dado que por la situación de emergencia sanitaria se quedó sin trabajo y no logró pagar el alquiler de su vivienda”.
“El día del hecho el imputado comenzó a golpearla y amenazarla mediante el uso del cuchillo secuestrado, por lo que la imputada actuó en el marco de una situación extrema por defender su vida”, argumentó la defensa de la mujer, sobre quien sigue pesando la imputación de homicidio calificado en grado de tentativa.
La situación intrafamiliar era “de altísimo riesgo”, según surge de “las múltiples denuncias radicadas en la Oficina de Violencia Doméstica de la Corte Suprema”. Estaba sazonada además por “las distintas denuncias que tanto la imputada radicó contra el damnificado como a la inversa, dentro de las cuales se puso de resalto el alto grado de violencia, las agresiones físicas y psíquicas entre ambos, el abuso de sustancias estupefacientes y de alcohol y los efectos que éstos episodios dejaron y no sólo a ellos sino también a los hijos menores de edad, quienes se vieron involucrados en muchas de las secuencias denunciadas y tras las cuales estuvieron alojados en institutos de menores, al igual que se encuentran en este momento”.
Sobre el hombre pesan, incluso, dos condenas por violencia doméstica.
El tribunal consideró que “no existió una auto-puesta en peligro por parte de la mujer al retornar al domicilio sino que su descargo se encuentra avalado en torno a que su situación económica le impidió continuar con el pago del alquiler del departamento en donde solía vivir con sus hijos y que no tuvo otra opción ante la inminente posibilidad de tener que vivir en la vía pública junto a sus hijos menores”.
Además, valoró informes psicológicos que indican que “la imputada posee un escaso grado de autodeterminación, subordinación a decisiones y dinámicas definidas por terceros propiciados por la violencia de género, cuyos extremos niveles de violencia podrían enmarcar su comportamiento en lo que se conoce como ‘desamparo aprendido’”.
“Presentó un perfil psíquico compatible con el haber sido víctima de violencia de género; no es peligrosa para sí o para terceros y habría existido un alto riesgo a quedar indefensa”, añadió el reporte.
El tribunal cambió el procesamiento con prisión preventiva por falta de mérito y libertad, pero ordenó profundizar la investigación.
“Resulta indispensable ampliar la declaración testimonial del damnificado, cuando su estado de salud lo permita, a los efectos de que precise los detalles de los hechos que lo tuvieran como víctima, a la luz de los argumentos expuestos por la imputada en su declaración indagatoria”. También dispuso una reconstrucción de los hechos.