Antibióticos como Amoxicilina –el más usado (y mal usado) para enfermedades respiratorias– o la azitromicina. Antimicóticos como el fluconazol, para hongos. Antiparasitarios como la ivermectina. Antivirales como el aciclovir. Seguramente, más de una persona que esté leyendo ubique algunos de estos nombres por haberlos usado. Y posiblemente, los haya utilizado en exceso, o sin terminar el tratamiento. Ambos extremos son erróneos, y acontecido en miles de personas va formando uno de los mayores problemas de la salud pública mundial: la resistencia a los antimicrobianos. 

Para enfrentarla, recientemente la Argentina sancionó la Ley 27.680 de Prevención y Control de la Resistencia a los Antimicrobianos (RAM), promulgada el 24 de agosto con el objetivo promover el uso responsable de antibióticos desde un enfoque integral y multidisciplinario. Y ahora suma un nuevo capítulo en su puesta en práctica: desde este jueves 1° de septiembre la dispensa de ellos será “bajo receta archivada”. El personal médico deberá especificar el diagnóstico en cada caso, los envases deberán traer las dosis justas, y no se podrán dar muestras gratis que no cubran todo el tratamiento. 

«La Ley abarca a todos los antimicrobianos de usos sistémico. Y establece nuevas estrategias. Por ejemplo, ahora cambia la presentación de los antibióticos, los envases van a tener que tener la cantidad justa para los tratamientos necesarios, porque un problema que suele haber es que cuando la gente le queda en la casa el antibiótico, cuando se repite algún síntoma parecido al que tuvo lo primero que hace es tomar lo que le quedó en el botiquín y lo toma en forma incompleta e innecesaria», destaca a Tiempo el director del Centro de Profesionales Farmacéuticos Argentinos (Ceprofar), Rubén Sajem.

Desde el Ministerio de Salud de la Nación explicaron que quien prescriba un antimicrobiano (antibiótico, antiviral, antifúngico, antiparasitario) deberá entregar al paciente la receta original y una copia o duplicado para que una de ellas quede archivada en la farmacia en la que será dispensado: «Además, se deberá incorporar en la prescripción el diagnóstico por el cual se indica su uso».

En la receta –ya sea manuscrita, electrónica o digital– deberá constar: nombre, apellido, profesión, número de matrícula, domicilio, número telefónico y correo electrónico, según corresponda, del prescriptor.
«El diagnóstico en la receta se solicita para que concuerde con el tipo de antibiótico, ir haciendo el diagnostico cada vez más preciso y que no sean tan presuntivos», acota Sajem.

En cuanto a la fiscalización, sostiene que si bien aún no está reglamentada la ley, sería parecida a lo que sucede con los psicofármacos, para controlar cuánto se vende y se compra: «Tampoco se le va a poder hacer publicidad a estos antibióticos, se hará una campaña muy intensa de opinión pública, y se fiscalizarán las recetas en farmacias. Es esperable que no se vayan a vender sin receta, porque la receta ahora deberá queda archivada en las farmacias».

«También hay cambios en las muestras médicas: si un médico entrega una muestra para antimicrobianos lo va a tener que hacer para el tratamiento completo –continúa–. Hasta hoy se entregaban pocas muestras y el paciente luego tenía que salir a comprar lo que le faltaba, si podía lo hacía y sino interrumpía el tratamiento y eso genera la resistencia antimicrobiana. Era una forma de inducir a que compre la misma marca del antibiótico que se le entregaba con pocas muestras».

Un asterisco

La ley 27.680 tiene el enfoque integral de «Una Salud», que implica el abordaje de la RAM como problema de salud pública desde las diferentes disciplinas de las ciencias médicas, veterinarias y medioambientales con la participación de todos los sectores y actores involucrados, con un enfoque multidisciplinario como es la génesis de su problemática y a partir de la necesidad de alcanzar un mejor manejo y control.

«El objeto de la normativa es establecer desde una ley de orden público los mecanismos necesarios para promover la prevención y el control de la RAM en el territorio nacional. Asimismo, le otorga fuerza de ley a la creación del Plan Nacional de Acción para la Prevención y Control de la Resistencia Antimicrobiana y a la Comisión Nacional de Control de la Resistencia Antimicrobiana (CONACRA) como organismo interdisciplinario e interministerial de asesoramiento técnico a los fines de brindar recomendaciones sobre estrategias para promover la prevención y el control de esta problemática», destacaron en la cartera sanitario.

Sajem acota un asterisco: que la búsqueda de enfrentar la resistencia antimicrobiana no termine derivando en la falta de uso de medicamentos, y por lo tanto, la falta de cobertura de las enfermedades: «Son medicamentos relativamente económicos y accesibles, no son en general muy caros, pero el problema que se presentará será que quien necesite el antibiótico pueda tener la atención y la receta médica».

El 60% de la población argentina tiene cobertura obra social, el 7% prepaga, y el resto acude al sistema público: «tendrán las obras sociales, los centros de salud públicos y las prepagas que agilizar la atención para casos en los que se puedan presentar infecciones, son enfermedades agudas que necesitan tratamiento rápido. No se va a poder demorar la atención médica. Porque ahora será necesaria la receta para conseguir el medicamento antimicrobiano».

Y completa: «la ley es muy necesaria para evitar el mal uso de antimicrobianos, estamos de acuerdo. Pero no hay que dejar de tener presente que los antibióticos son necesarios. Y las infecciones requieren tratamiento farmacoterapéutico que no se puede demorar, porque pueden generar daños irreversibles».