Con argumentos muy polémicos, el ministro de Justicia Mariano Cúneo Libarona defendió en el Senado un proyecto de ley que busca endurecer las penas para los delitos de falsas denuncias y falso testimonio en casos de violencia de género. La iniciativa, que forma parte de una serie de reformas al Código Penal, fue inicialmente presentada por la senadora radical Carolina Losada, de Santa Fe, quien propone aplicar penas de hasta seis años de prisión en los casos de denuncias falsas vinculadas a delitos graves como violencia de género, abuso o acoso sexual, y violencia contra niños, niñas y adolescentes.
El funcionario de la administración nacional que preside Javier Milei fue convocado ante la comisión de Justicia y Asuntos Penales del Senado, para participar del debate. En su alocución, Cúneo Libarona aseguró que “una denuncia de género falsa destruye una persona” y lanzó: “se creó una concepción hipócrita que la mujer no miente, de ‘hermana, te vamos a acompañar, tenés que denunciar’. Y eso no es siempre así. Gran parte de las falsas denuncias son por violencia y producen daños irreversibles”.
«Este abuso de la mentira, que produce tanto daño, crea situaciones injustas. Gente en prisión por denuncias de casos de género, que se ha suicidado; destrucción de la familia; impedimento de contacto inmediato con la simple denuncia; de prestigio familiar, social; pérdida laboral… entre otros efectos dolorosos y siempre perjudiciales” sostuvo el letrado.
Cúneo Libarona enunció estos argumentos horas después del Día Internacional para la Erradicación de la Violencia contra la Mujer, el 25N, mientras el Gobierno nacional que preside Javier Milei desarticula y desfinancia sistemáticamente las políticas nacionales en materia de género y diversidades.
En el ámbito internacional, hace tres semanas, Argentina fue el único país del mundo que votó en contra de una resolución de la Organización de Naciones Unidas que buscaba prevenir y eliminar la violencia contra las mujeres y niñas.
Para Cúneo Libarona, las denuncias falsas son “actos muy perjudiciales para el funcionamiento adecuado del sistema de justicia y que le produce un daño a otros bienes jurídicos: el honor, la vida, propiedad, etcétera. Nosotros no podemos tolerar la mentira y el engaño y que se abuse del sistema judicial y dañar a otros para obtener beneficios ilegítimos”, subrayó.
A su vez, consideró que una denuncia «no solo daña a la víctima, sino que vulnera a todo el sistema y la credibilidad de las instituciones. Esta nueva Argentina está en un proceso de restauración moral y no puede tolerarse la mentira al juez, al fiscal y a la policía. No puede tolerarse utilizar una herramienta judicial para obtener un beneficio personal».
“Tienen que ser castigados los que comenten delitos y máxime los que acusan falsamente de ser víctimas falsos. Nuestro Código Penal necesita una reforma urgente. Estas ideas yo las tenía en mi cabeza hace mucho tiempo atrás. Me resultaba inconcebible cuando tomaba audiencias ver cómo me mentían en la cara. Y es mentirle a la Justicia», agregó Cúneo Libarona.
Además, el ministro no solo focalizó en los casos de violencia de género, sino que también amplió los cuestionamientos hacia otros grupos vulnerables de la sociedad frecuentemente estigmatizados y demonizados por el Gobierno nacional, al sostener hay «muchas denuncias falsas y falsos testimonios para cobrar planes sociales; obtener un seguro falso; perjudicar a una persona; beneficiar a un imputado; crear un juicio laboral. Todo esto tiene que limitarse con el ejemplo y es el Código Penal», remató.
El proyecto
El proyecto propone modificaciones en el Código Penal en los artículos vinculados a los delitos al honor, imponiendo penas a quien «denunciare falsamente un delito» ante la autoridad. Según indica la redacción, si una «falsa denuncia ante la autoridad fuera por delitos de violencia de género, abuso o acoso sexual o violencia contra niños, niñas y adolescentes, la pena será de prisión de 3 a 6 años».
Mientras que sería reprimido con prisión de uno a cuatro años, el testigo, perito o intérprete que afirmare una falsedad o negare o callare la verdad, en todo o en parte, en su deposición, informe, traducción o interpretación, hecha ante la autoridad competente».
Quedaría exentos de «responsabilidad criminal los que hubieren obrado en favor del cónyuge, de un pariente cuyo vínculo no excediere del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad o de un amigo íntimo o persona a la que se debiese especial gratitud».